Entra en vigencia la ley de protección integral para huérfanos víctimas de feminicidio
Esta norma busca que se garantice el apoyo económico, social y psicológico a niñas, niños y adolescentes que perdieron a sus madres como consecuencia de la violencia de género.
La Paz, 06 de noviembre de 2025 (ABI). - La Ley 1680, “de protección integral y reparación para hijas e hijos huérfanos víctimas de feminicidio y otros delitos contra la vida”, entró en vigencia tras la reciente promulgación del presidente Luis Arce.
“Promulgamos la Ley de Protección Integral y Reparación para Hijas e Hijos huérfanos víctimas de feminicidio y otros delitos contra la vida. Este acto es un compromiso ineludible con la vida y el futuro de nuestras niñas y niños que han sufrido la pérdida más dolorosa”, escribió el Mandatario en sus redes sociales.
Esta norma busca que se garantice el apoyo económico, social y psicológico a niñas, niños y adolescentes que perdieron a sus madres como consecuencia de la violencia de género.
Arce destacó el compromiso del Estado con la niñez y la protección de sus derechos.
Uno de los pilares centrales de la ley es la creación de un bono económico mensual que no será inferior al 20% del salario mínimo nacional de Bs 2.750.
Este beneficio será otorgado por el nivel central estatal bajo dos modalidades: bono provisional, que se entregará desde el inicio de la investigación del hecho, y bono definitivo, que se consolidará con una sentencia condenatoria ejecutoriada.
La norma dispone que el bono no podrá ser suspendido, aunque no se identifique al autor del delito o exista una absolución.
La Ley 1680 establece también medidas complementarias de protección integral que incluyen: acceso garantizado a la educación y la salud; subsidio alimentario para niñas y niños menores de cinco años; acompañamiento psicológico y terapéutico, mediante equipos multidisciplinarios y atención legal gratuita y especializada.
Además, se dispone el acceso prioritario al Sistema Único de Salud (SUS), con cobertura total y prioridad en programas de vivienda social para los tutores a cargo.
La norma prioriza la unidad familiar, estableciendo que los hermanos no deben ser separados en casos de acogimiento o adopción, y que los menores deben crecer en entornos seguros y afectivos.
Los beneficios de la ley se aplican a hijas e hijos menores de 18 años, y se extienden hasta los 25 años en caso de que los beneficiarios se encuentren cursando estudios superiores.
GMM/MEGB




