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Despenalización del aborto pasa otra fase y va al Senado


2017-11-17
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Correo del Sur

El todavía vigente Código Penal establece que quien practique aborto, salvo excepciones estipuladas, será sancionado con penas privativas de libertad que van –según cada caso–, desde los tres meses hasta los seis años.

La ampliación de causales para la práctica del aborto en el país dio un nuevo paso ayer, con la aprobación en Diputados del Código del Sistema Penal, Proyecto de Ley 122, restando sólo dos estaciones para legalizarlo: la sanción en el Senado y la promulgación de la norma por parte del presidente Evo Morales.

El proyecto fue remitido al Senado, que tendrá que revisarlo y, si no hay modificaciones, proceder a sancionarlo, quedando entonces su promulgación por parte del Primer Mandatario, aunque éste puede vetarlo, todo según el procedimiento legislativo.

Luego de cinco meses de trabajo, Diputados concluyó ayer el tratamiento en grande y detalle del Proyecto. El 8 de junio, los diputados iniciaron el debate del texto, que inicialmente contenía 670 artículos, tres disposiciones transitorias, cuatro adicionales y dos derogatorias y abrogatorias.

Un equipo técnico ordenará la propuesta de norma, debido a que varios artículos fueron añadidos y otros eliminados durante el análisis. El número exacto de artículos de la nueva norma se conocerá próximamente.

Según la fundamentación de la Cámara Baja, el Proyecto busca acabar con tres males de la justicia: la retardación, corrupción y burocracia; además, implementa la reparación a la víctima de ilícitos mediante procedimientos ágiles y efectivos.

Para luchar contra la retardación de justicia, se establecen sanciones a fiscales y abogados que no asistan a las audiencias; por tanto, las audiencias no podrán ser suspendidas por ninguna razón. Asimismo, sólo se podrá excusar a tres jueces. El Código establece que los procesos deberán durar entre seis meses y un año, como máximo.

Asimismo, con esa nueva norma, las mujeres, niñas, niños, adolescentes, personas con discapacidad y de la tercera edad tendrán protección especial y urgente, con procedimientos ágiles de defensa de estos sectores vulnerables de la población.

Una vez que la norma sea promulgada, habrá 18 meses de transición hacia su implementación.

POLÉMICA POR EL ARTÍCULO 153

En meses precedentes, la polémica se centró en el Artículo 153 del Proyecto, referido a la ampliación de causales para la práctica legal del aborto. Según los argumentos del Gobierno para impulsar la reforma, cada día se practican unos 185 abortos en el país y, por año, al menos 67.000 mujeres acuden a los servicios de salud con complicaciones por abortos mal practicados.

Sin embargo, las iglesias Católica y Cristiana rechazaron desde el principio el cambio, denunciando que en la práctica se pretende legalizar el aborto y, así, atentar contra la vida.

El rechazo a la postura cristiana llegó de parte de organizaciones feministas y el Defensor del Pueblo.

Sin embargo, en medio de la disputa de uno y otro bando, la Cámara de Diputados aprobó el 28 de septiembre el referido precepto.

Actualmente, el Código Penal permite el aborto cuando se constituye en un riesgo para la vida de la mujer embarazada o para la salud integral de la mujer; cuando se detectan malformaciones fetales incomprensibles con la vida; cuando el embarazo es producto de una violación o incesto, y cuando la embarazada es una niña o adolescente.

Pero la norma enviada ayer al Senado agrega otras causales: que el aborto se practique durante las primeras ocho semanas de gravidez, cuando la madre no tenga recursos para la manutención de su familia, cuando ya sea madre de tres o más hijos, o cuando sea estudiante.

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