Pronunciamientos

Nos oponemos a medidas que deterioran la calidad de justicia para las mujeres víctimas de violencia


2024-04-18
Organizaciones de la sociedad civil

En febrero de 2024, el Tribunal Supremo de Justicia emitió el acuerdo 22/2024 que decide la AMPLIACIÓN DE COMPETENCIA A JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN PENAL en MATERIA CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES, a los 112 Juzgados de Instrucción Penal de los nueve Tribunales Departamentales de Justicia.

Ante esta medida arbitraria, instituciones y organizaciones defensoras de derechos de las mujeres de los nueve departamentos del país manifestamos:

  • Con esta decisión, el Tribunal Supremo de Justicia vulnera el principio de ESPECIALIDAD instituido en la Ley para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia ya que los jueces y juezas de instrucción penal no cuentan con formación y conocimientos específicos en violencia de género.
  • En Bolivia menos de 5% de casos de violencia a las mujeres denunciados obtuvo una sentencia en primera instancia (DP, 2018) y el porcentaje sería menor al 3% tratándose de sentencias ejecutorias (IJM,2024). En Bolivia existe un patrón de impunidad sistemática en el procesamiento judicial a los casos de violencia y la calidad de respuesta judicial a las víctimas es más que deficiente. En este contexto, la medida adoptada por el Tribunal Supremo de Justicia constituye un retroceso en la lucha contra la violencia machista.
  • Se debe respetar el principio de progresividad que está orientado a fortalecer las acciones de garantía y protección de los derechos humanos, este se debe aplicar y reflejar en las acciones gubernamentales. Llevar adelante los procesos de violencia a las mujeres en juzgados no especializados constituye un atentado contra este principio, vulnerando los derechos de las mujeres.
  • Nuestra experiencia de defensa de los derechos de las mujeres víctimas de violencia en diferentes departamentos del país demuestra que juzgadores sin capacitación en violencia de género incurren en actos de revictimización, omisiones y errores en la aplicación de procedimientos, errónea modificación de los tipos delitos, parcialidad y retardación de justicia. Todo ello deteriora la calidad de justicia, propicia la impunidad y aumenta inseguridad de las mujeres.
  • El Poder Judicial constituye la primera línea de defensa a nivel nacional para la protección de los derechos de las mujeres y tiene el deber legal de aplicar todas las recomendaciones del Sistema Interamericano para garantizar a las mujeres víctimas de violencia el acceso a la justicia. Alejarse de estas recomendaciones es atentar contra los derechos de las mujeres a acceder a una justicia ágil, oportuna y libre de prejuicios patriarcales.
  • No es posible pretender resolver la insuficiencia de juzgados especializados distribuyendo la carga procesal a jueces y personal que no tiene la especialidad en el tratamiento de delitos de violencia contra las mujeres. 
  • Para responder al problema de la deficitaria cantidad de juzgados de violencia frente a la sobrecarga de casos, el Tribunal Supremo de Justicia y el Consejo de la Magistratura deben gestionar recursos que permitan crear más juzgados especializados en violencia contra la mujer con personal especializado y competente que garantice justicia.

POR LO EXPUESTO EXIGIMOS QUE:

El Tribunal Supremo de Justicia deje sin efecto el ACUERDO 22/2024 y preservar la competencia de juzgar los delitos de violencia contra las mujeres sola y exclusivamente para los juzgados de violencia contra las mujeres.

Realizar gestiones ante el Órgano Ejecutivo para obtener presupuesto suficiente destinado a crear más juzgados de violencia contra las mujeres, con personal especializado y transferir la competencia en delitos de corrupción a los juzgados ordinarios en materia penal.

La instancia rectora de las políticas públicas de género acompañe y realice seguimiento al cumplimiento de la Ley N°348 y los derechos de las mujeres establecidos en la Constitución Política del Estado.

LISTA DE INSTITUCIONES Y PERSONAS QUE ADHIEREN AL PRONUNCIAMIENTO

ADESPROC Libertad - Alianza Libres sin Violencia - Alianza por la Solidaridad/ActionAid - ARTICULACION FEMINISTA Campaña 28 de Septiembre - Asociación Aguayo - Asociación de Mujeres para la Paz Mundial - Asociación de trabajadoras sexuales "AMMOR" - Casa de la Mujer - Católicas por el Derecho a Decidir – CCIMCAT - Centro Juana Azurduy – CEPROSI – CERDET – Ciberwarmis - CLADEM Bolivia - Colectivo Género y Teología - Colectivo Rebeldía - Comunidad de Derechos Humanos – Coordinadora de la Mujer - Diakonia - ECAM - Fundación Construir - Fundación Esperanza Desarrollo y Dignidad - Fundación Internet Bolivia – IGUAL - Ipas Bolivia- Mujeres en Acción - Observatorio para la Exigibilidad de los Derechos de las Mujeres - Oficina Jurídica para la Mujer – Cochabamba - Plataforma de lucha contra la violencia hacia las mujeres Santa Cruz - Red contra la violencia a las mujeres de Tarija - Red de Difusoras de Leyes y Derechos- Red Habitat - Red Nacional de Promotoras Comunitarias de prevención de la Violencia en Razón de Género - Jimena Freitas CI 488361 LP - María Esther Nacho CI 6176002 LP - Betty Pinto C.I. 2285182 LP - Silvia Fernández CI 2284601


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