BOLIVIA DEBE GARANTIZAR LA PROHIBICIÓN ABSOLUTA DE LA TORTURA Y LOS MALOS TRATOS: COMITÉ CONTRA LA TORTURA DE LA ONU
BOLIVIA DEBE GARANTIZAR LA PROHIBICIÓN ABSOLUTA DE LA TORTURA Y LOS MALOS TRATOS: COMITÉ CONTRA LA TORTURA DE LA ONU
10 de diciembre, 2021
En esta fecha en que conmemoramos el Día internacional de los Derechos Humanos, organizaciones de la sociedad civil defensoras de los Derechos Humanos queremos destacar las recomendaciones centrales extendidas al Estado Plurinacional de Bolivia por el Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas durante la revisión realizada los pasados días 25 y 26 de noviembre en Ginebra, Suiza, las que consideramos constituyen un conjunto de acciones prioritarias que debe implementar el Estado prontamente.
En esta oportunidad el Comité de las Naciones Unidas llamó al Estado boliviano a garantizar que la prohibición absoluta de la tortura y los malos tratos se incluya en programas obligatorios de formación, así como en las normas e instrucciones relativas a los deberes y funciones de todos los funcionarios públicos del Estado, incluidos agentes del orden, fiscales, jueces, personal médico, penitenciario y de migraciones.
Ante la sustentación de informe por parte de las autoridades bolivianas, el Comité lamentó que en Bolivia aún no se haya tipificado el delito de tortura tal como lo establece la Convención ratificada por el propio Estado, aún pese a que el Estado registra 3,017 casos de tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes a nivel nacional entre 2013 y agosto de 2021, de acuerdo a cifras de la Defensoría del Pueblo. Motivo de preocupación fue para el Comité que no se establezcan sanciones acordes a la gravedad del delito, así como que se siga aplican un régimen de prescripción al delito de tortura.
Asimismo, el Comité exhortó al Estado a fortalecer la institucionalidad de la Defensoría del Pueblo, así como a velar por que el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, cuente con los recursos técnicos, financieros y humanos necesarios para desempeñar su labor con eficacia, tomando en cuenta el trabajo y la experiencia técnica previa del SEPRET. Asimismo, instó al Estado a garantizar que la prisión preventiva se utilice excepcionalmente, durante el menor tiempo posible, dado que, de acuerdo al Subcomité para la Prevención de la Tortura, existe un nivel de ocupación carcelaria del 264%.
En relación a las violaciones de derechos humanos cometidas durante la crisis socio política de 2019-2020, el Comité manifestó su preocupación ante los insuficientes avances en la investigación y enjuiciamiento de las denuncias de tortura y malos tratos ocurridas en este contexto, por ello recomendó al Estado a establecer protocolos eficaces que regulen la actuación de las fuerzas del orden durante las protestas sociales, a establecer un mecanismo de seguimiento a las recomendaciones del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes, creado mediante un acuerdo suscrito con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para coadyuvar en las investigaciones de los hechos mencionados, así como a renovar la presencia de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en el Estado, a fin de acompañar la aplicación de las recomendaciones de los mecanismos internacionales de protección de derechos humanos.
Por otro lado, a fin de revertir la preocupante situación del Estado en relación al escaso número de investigaciones y enjuiciamientos de casos de tortura debido entre otros motivos, a la falta de formación de operadores de justicia en la investigación de estos delitos, así como a los actos de intimidación a víctimas, el Estado deberá, conforme a las recomendaciones del Comité de la ONU, llevar a cabo una reforma urgente del sistema de justicia a fin de garantizar su independencia y el respeto al debido proceso, incrementar las actividades de formación de fiscales y jueces con el fin de mejorar la calidad de las investigaciones y la correcta calificación de los hechos, conforme a los Protocolos de Estambul y Minnesota, Establecer un sistema de protección y asistencia de víctimas y testigos de actos de tortura privados de libertad, para protegerles contra cualquier forma de represalia, así como efectuar una revisión de la legislación antiterrorista, en particular, una reforma de los tipos penales de sedición y terrorismo. El Estado debe adoptar medidas urgentes para reducir el hacinamiento carcelario y revertir las tasas de presos sin condena.
En relación a la violencia de género en el Estado, el Comité exhorta a las autoridades bolivianas a modificar el tipo penal de violación, debido a que actualmente se basa en la fuerza y no define el término "consentimiento" ni establece presunciones apropiadas; así como derogar el delito del estupro en el Código Penal. Además, el Estado debe garantizar servicios esenciales a víctimas de violencia de género para que reciban atención médica, psicológica, social y legal necesarias y asegurarles una reparación integral; así como la creación de juzgados especializados y formación obligatoria para los operadores de justicia y de salud sobre el enjuiciamiento de casos de violencia sexual y de género.
Igualmente, el Estado debe revisar la legislación penal para garantizar el acceso legal, seguro y efectivo a la interrupción voluntaria del embarazo (ILE), especialmente cuando causen un daño o sufrimiento a la mujer o niña embarazada; asimismo garantizar que las mujeres no sean procesadas penalmente y que los servicios de salud de ILE sean seguros y oportunos para todas las mujeres y adolescentes, especialmente en las áreas pobres y rurales. También adoptar medidas necesarias, incluida una revisión de la normativa vigente, para la prevención y erradicación de matrimonios y uniones tempranas; y de embarazos de niñas y adolescentes.
El Estado Plurinacional de Bolivia deberá proporcionar información al Comité contra la Tortura, a más tardar el 3 de diciembre de 2022, en relación al grado de cumplimiento de las recomendaciones emitidas por el mismo.