Cartagena+40 concluye con cooperación y solidaridad para proteger a personas refugiadas, desplazadas y apátridas
La Declaración de Cartagena amplió el concepto de quién es considerada persona refugiada en América Latina y el Caribe, para incluir a todas las personas que se han visto forzadas a huir.
19 de diciembre de 2024
Santiago – La Plataforma de Expertos Independientes sobre los Derechos de los Refugiados (PIERR), un grupo de personas expertas en derechos humanos de la ONU y de organismos regionales, celebran la adopción de la Declaración de Chile y el Plan de Acción de Chile.
Cuarenta años después de la adopción de la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados de 1984, la PIERR celebra los esfuerzos de los Estados, los organismos regionales y las organizaciones de la sociedad civil comprometidas a abordar de manera integral la situación que enfrentan millones de personas refugiadas, desplazadas internas y apátridas en América Latina y el Caribe, reflejados en la recientemente adoptada Declaración de Chile y el Plan de Acción 2024-2034.
La Declaración de Cartagena amplió el concepto de quién es considerada persona refugiada en América Latina y el Caribe, extendiendo la definición más allá de aquellos supuestos cubiertos en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 para incluir también a todas las personas que se han visto forzadas a huir porque su vida, seguridad o libertad están amenazadas por un contexto de violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violaciones masivas de derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público. La Declaración marcó un hito en la tradición regional de solidaridad, asilo, protección a las personas refugiadas y cooperación en América Latina y el Caribe.
En las décadas posteriores, los órganos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos han adoptado la definición ampliada de persona refugiada establecida en la Declaración de Cartagena la cual ha sido incorporada en la legislación interna de 15 países de la región, apoyando y dedicando esfuerzos encaminados a su efectiva implementación.
La Declaración de Chile y el Plan de Acción 2024-2034 aprobados recientemente reconocen los nuevos desafíos humanitarios que afectan a la región y proponen respuestas de protección efectivas y soluciones, destacando la convergencia y complementariedad entre el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, el Derecho Internacional de los Refugiados y el Derecho Internacional Humanitario.
En este contexto, la PIERR valora que la Declaración de Chile de 2024 reafirme este compromiso de América Latina y el Caribe para garantizar los derechos de las personas refugiadas, desplazadas internas y apátridas. Entre los avances destacados en la nueva Declaración de Chile se encuentran los programas de integración, las políticas públicas inclusivas y las medidas contra la apatridia, así como la necesidad de abordar las causas estructurales del desplazamiento forzado y los efectos del cambio climático.
En tal sentido, la Declaración de Chile subraya la importancia de la participación significativa de las personas refugiadas, desplazadas internas y apátridas--incluyendo disposiciones sobre necesidades específicas de protección basadas en la edad, el género y la diversidad--y la colaboración con actores internacionales, el sector privado, la academia y la sociedad civil para implementar el Plan de Acción de Chile 2024-2034.
La PIERR enfatiza que la adopción de un enfoque integral que fortalezca los mecanismos de protección en los países de origen, tránsito, destino y retorno, y que aborde el amplio espectro de espectro de derechos de las personas a lo largo de todo su recorrido, requiere un esfuerzo conjunto de todos los países de la región. Para tal fin, los principios y compromisos de la Declaración de Cartagena son hoy más relevantes que nunca.
Las personas expertas independientes de la PIERR están dispuestas a cooperar activamente con los Estados y la comunidad internacional con el fin de lograr una mayor protección y soluciones sostenibles para las personas refugiadas, desplazadas internas y apátridas, que les permitan vivir con dignidad y en paz, tanto en América Latina y el Caribe como en el resto del mundo.
FIN
Sobre la PIERR: La PIERR está compuesta actualmente por los mandatos de los Relatores Especiales de las Naciones Unidas sobre los derechos humanos de los migrantes y sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños; el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria; el Comité contra la Tortura de la ONU; la Relatoría Especial sobre refugiados, solicitantes de asilo, desplazados internos y migrantes en África de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos; y la Relatoría sobre Movilidad Humana de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Siobhán Mullally, presidenta de la PIERR y Relatora Especial de la ONU sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños; Gehad Madi, Relator Especial de la ONU sobre los derechos humanos de los migrantes; Matthew Gillett (Presidente-Relator) y Priya Gopalan (Vicepresidenta de Seguimiento), del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la ONU; Jorge Contesse, miembro del Comité contra la Tortura; Selma Sassi-Safer, comisionada y Relatora Especial sobre refugiados, solicitantes de asilo, desplazados internos y migrantes en África de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos; y Andrea Pochak, comisionada y Relatora de Movilidad Humana de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
La Plataforma cuenta con el apoyo de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) y el la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR).
Para más información sobre la PIERR, visite www.pierr.org.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actuar como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.
No. 323/24
9:00 AM