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Suspendieron a los jueces que absolvieron a los acusados del femicidio de Lucía Pérez


2021-11-24
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Página Siete

Avanza el jury contra dos jueces del Tribunal Oral Criminal 1 de Mar del Plata que absolvieron a los acusados del abuso sexual y femicidio de la adolescente Lucía Pérez, cometido en 2016 en Mar del Plata

Avanza el jury contra dos jueces del Tribunal Oral Criminal 1 de Mar del Plata que absolvieron a los acusados del abuso sexual y femicidio de la adolescente Lucía Pérez, cometido en 2016 en Mar del Plata. Este martes se admitieron las acusaciones presentadas por legisladores nacionales, el Procurador General de la provincia, por la Comisión Bicameral, por el Defensor del Pueblo bonaerense y por la madre, el padre y el hermano de la víctima y los dos jueces fueron suspendidos provisoriamente en sus funciones para ser sometidos a un jury. La decisión fue tomada por unanimidad por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la provincia de Buenos Aires. Familiares de Lucía Pérez y organizaciones feministas se movilizaron desde las 9 en La Plata para pedir Justicia. "Para nosotros es importante este jury, queremos que los destituyan a estos jueces para poder las mujeres estar más tranquilas y en paz", dijo Marta Montero, mamá de Lucía, en declaraciones a la prensa. Y agregó: "Esta lucha es de todas las mujeres".

Cecilia Rodríguez, directora Jurídica y Técnica de la Defensoría del Pueblo bonaerense, consideró “ejemplar” la suspensión de los jueces y aseguró que la medida adoptada por el Jurado de Enjuiciamiento “es un paso adelante para que la perspectiva de género sea un elemento central a la hora de juzgar”.

 

Durante la audiencia, presidida por la magistrada de la Suprema Corte provincial Hilda Kogan, se hizo lugar a la acusación contra los jueces Juan Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas, quienes en un fallo polémico en noviembre de 2018 absolvieron a Matías Farías, de 26 años, a Juan Pablo Offidani, de 45, y Alejandro Maciel, de 62,del delito de femicidio, aunque dos de ellos fueron condenados a ocho años de prisión por “tenencia de estupefaciente con fines de comercialización” y a pagar una multa de 135.000 pesos. El tercer implicado fue absuelto y excarcelado. Aquella sentencia fue revocada el año pasado por la Cámara de Casación.

La adolescente, de 16 años, murió en la ciudad balnearia el 8 de octubre de 2016 tras ser drogada, un femicidio que conmocionó al país y generó la convocatoria al Primer Paro Nacional de Mujeresel 19 de octubre de ese año.

Ahora, con la suspensión provisoria de los magistrados, deberán presentarse las pruebas para dar inicio al debate público, cuya fecha aún no fue dispuesta, para establecer si se los destituye o no de sus cargos.

En la acusación de la Comisión Bicameral de Enjuiciamiento a Magistrados se indicaba que "la queja se relaciona con la resolución de libre absolución que beneficiara en el juicio oral a los autores de los delitos por el gravísimo delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por haber causado la muerte de la ofendida y habiendo sido favorecido por el suministro de estupefacientes".

"Dan cuenta las denuncias de manera concordante que la niña fue drogada, abusada sexualmente y asesinada, por lo que la sentencia dictada lejos de ajustarse a derecho evidencia una clara arbitrariedad, que deja impune el femicidio, de lo que demuestra con supina claridad la incompetencia e incumplimiento a los deberes del cargo de los juzgadores", señalaron los acusadores.

“El Jurado de Enjuiciamiento dio lugar a nuestra acusación, en la que pusimos el acento en que el fallo de primera instancia estuvo viciado de parcialidad, prejuicios y estereotipos de género, sin tener en cuenta las convenciones de derechos humanos vigentes y obligatorias para nuestro país. Los jueces pasaron por alto estas normas que protegen a las mujeres y que, en este caso, se utilizaron en contra de la víctima”, expresó Rodríguez, de la Defensoría del Pueblo.

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