Derecho
Acceso a la justicia y derecho a un juicio justo
Derecho a la alimentación adecuada
Derecho a la educación
Derecho a la igualdad y no discriminación
Derecho a la integridad y a una vida libre de violencia
Derecho a la seguridad
Derecho a la vida
Derecho a la vivienda adecuada
Derecho a participar en asuntos públicos
Derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental
Derecho al trabajo
Libertad de opinión y expresión
Sistemas de Protección a los Derechos Humanos
Trabajo Asalariado del Hogar
Atributo
Reflejan la adopción y ratificación de instrumentos internacionales y la existencia de mecanismos institucionales para su realización. Estos indicadores capturan el compromiso o aceptación de los estándares de derechos humanos por parte del Estado mediante su recepción en el sistema legal interno y la concordancia de las normas internas con estos estándares.
Principales Tratados Internacionales de derechos humanos, relevantes para el derecho, ratificados por el Estado en relación a los adoptados por el Sistema de Naciones Unidas.
Total tratados2021 | 2012 | 2011 | |
---|---|---|---|
2.00 | 2.00 | 2.00 | Total tratados adoptados |
2.00 | 2.00 | 2.00 | Total tratados ratificados |
0.00 | 0.00 | 0.00 | Total tratados pendientes de ratificación |
2021: | Organización de las Naciones Unidas |
2012: | ONU |
2011: | ONU |
Archivos | 2021 | 2012 | 2011 | |||
ADOPTADOS | RATIFICADOS | ADOPTADOS | RATIFICADOS | ADOPTADOS | RATIFICADOS | |
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Artículo 12 2. c)La prevención y el tratamiento de las enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y de otra índole, y la lucha contra ellas; d) La creación de condiciones que aseguren a todos asistencia médica y servicios médicos en caso de enfermedad. | ![]() | ![]() | ![]() | ![]() | ![]() | ![]() |
Convención sobre los Derechos del Niño Artículo 24 1. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud. Los Estados Partes se esforzarán por asegurar que ningún niño sea privado de su derecho al disfrute de esos servicios sanitarios. | ![]() | ![]() | ![]() | ![]() | ![]() | ![]() |
Principales Tratados Internacionales de derechos humanos, relevantes para el derecho, ratificados por el Estado en relación a los adoptados por el Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Total tratados 2021 | 2012 | 2011 | |
---|---|---|---|
2.00 | 2.00 | 2.00 | Total tratados adoptados |
2.00 | 2.00 | 2.00 | Total tratados ratificados |
0.00 | 0.00 | 0.00 | Total tratados pendientes de ratificación |
2021: | Organización de los Estados Americanos |
2012: | CIDH |
2011: | CIDH |
Archivos | 2021 | 2012 | 2011 | |||
ADOPTADOS | RATIFICADOS | ADOPTADOS | RATIFICADOS | ADOPTADOS | RATIFICADOS | |
Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Artículo 10 Derecho a la Salud 1. Toda persona tiene derecho a la salud, entendida como el disfrute del más alto nivel de bienestar físico, mental y social. 2. Con el fin de hacer efectivo el derecho a la salud los Estados partes se comprometen a reconocer la salud como un bien público y particularmente a adoptar las siguientes medidas para garantizar este derecho: a. la atención primaria de la salud, entendiendo como tal la asistencia sanitaria esencial puesta al alcance de todos los individuos y familiares de la comunidad; b. la extensión de los beneficios de los servicios de salud a todos los individuos sujetos a la jurisdicción del Estado; c. la total inmunización contra las principales enfermedades infecciosas; d. la prevención y el tratamiento de las enfermedades endémicas, profesionales y de otra índole; e. la educación de la población sobre la prevención y tratamiento de los problemas de salud, y f. la satisfacción de las necesidades de salud de los grupos de más alto riesgo y que por sus condiciones de pobreza sean más vulnerables | ![]() | ![]() | ![]() | ![]() | ![]() | ![]() |
Convención Americana sobre Derechos Humanos Artículo 26. Desarrollo Progresivo Los Estados Partes se comprometen a adoptar providencias, tanto a nivel interno como mediante la cooperación internacional, especialmente económica y técnica, para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos que se derivan de las normas económicas, sociales y sobre educación, ciencia y cultura, contenidas en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, reformada por el Protocolo de Buenos Aires, en la medida de los recursos disponibles, por vía legislativa u otros medios apropiados. | ![]() | ![]() | ![]() | ![]() | ![]() | ![]() |
Reconocimiento del derecho y cobertura en la Constitución Política del Estado
Reconoce2021 | 2012 | 2011 | |
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![]() | ![]() | ![]() | Sí |
![]() | ![]() | ![]() | No |
2021 | 2012 | 2011 | |
---|---|---|---|
![]() | ![]() | ![]() | Amplia |
![]() | ![]() | ![]() | Restringida |
2021 | 2012 | 2011 | |
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![]() | ![]() | ![]() | Alto |
![]() | ![]() | ![]() | Medio |
![]() | ![]() | ![]() | Bajo |
2021: | Los artículos del 35 al 45 expresan ampliamente el derecho a la salud y el respeto por la medicina tradicional y la importancia de la participación en la toma de decisiones y la formulación de políticas que garanticen el acceso a la salud, a los medicamentos y a la seguridad social. |
2012: | Los artículos del 35 al 45 expresan ampliamente el derecho a la salud y el respeto por la medicina tradicional y la importancia de la participación en la toma de decisiones y la formulación de políticas que garanticen el acceso a la salud, a los medicamentos y a la seguridad social. |
2011: | Los artículo del 35 al 45 expresan ampliamente el derecho a la salud y el respeto por la medicina tradicional y la importancia de la participación en la toma de decisiones y la formulación de políticas que garanticen el acceso a la salud, a los medicamentos y a la seguridad social. |
2021: | Comunidad de Derechos Humanos |
2012: | Comunidad de Derechos Humanos |
2011: | Comunidad de Derechos Humanos |
Existencia y cobertura de las leyes nacionales vigentes para implementar el derecho anteriores a la Constitución Política de Estado de 2009 (acumulado hasta la gestión 2021_2012_2011)
Existencia de normativa 2021 | 2012 | 2011 | |
---|---|---|---|
![]() | ![]() | ![]() | Sí |
![]() | ![]() | ![]() | No |
2021 | 2012 | 2011 | |
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1.00 | 4.00 | 4.00 | Total leyes existentes |
2021: | La Ley de Emergencia Sanitaria se promulga en el marco de la Pandemia de Covid - 19m tiene por finalidad establecer medidas para proteger la vida, la salud, la integridad y el bienestar de la población, ante una emergencia de tipo sanitario. |
2012: | Normas que garantizan el derecho a la salud, como tambien la atencion y acceso a medicamentos para la prevencion y tratamiento de enfermedades. |
2011: | Normas que garantizan el derecho a la salud, como también la atención y acceso a medicamentos para la prevención y tratamiento de enfermedades. |
2021: | Comunidad de Derechos Humanos |
2012: | Comunidad de Derechos Humanos |
2011: | Comunidad de Derechos Humanos |
Archivos | 2021 | 2012 | 2011 | |||
CON CONCORDANCIA PLENA | CON CONCORDANCIA PARCIAL | CON CONCORDANCIA PLENA | CON CONCORDANCIA PARCIAL | CON CONCORDANCIA PLENA | CON CONCORDANCIA PARCIAL | |
Ley de Emergencia Sanitaria (2021) | ![]() | |||||
CODIGO DE SEGURIDAD SOCIAL (1956) | ![]() | ![]() | ![]() | ![]() | ||
Ley 1737 POLITICA NACIONAL DEL MEDICAMENTO (1996) | ![]() | ![]() | ![]() | ![]() | ||
CÓDIGO DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE (1999) | ![]() | ![]() | ![]() | ![]() | ||
LEY 1678 DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD (1995) | ![]() | ![]() | ![]() | ![]() |