Dato de la Semana 17/2019 Tratados Internacionales del Sistema Universal sobre el derecho a la participación en asuntos públicos
2019-05-06
https://www.comunidad.org.bo
Bolivia ha adoptado y ratificado 5 instrumentos internacionales sobre la participación igualitaria de manera directa o a través de los representantes.
Fuente: Sistema de Monitoreo de Progresos en Derechos HumanosPrincipales Tratados Internacionales de derechos humanos, relevantes para el derecho, ratificados por el Estado en relación a los adoptados por el Sistema de Naciones Unidas.
Total tratados2018 | |
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5.00 | Total tratados adoptados |
5.00 | Total tratados ratificados |
0.00 | Total tratados pendientes de ratificación |
2018: | ONU |
Archivos | 2018 | |
ADOPTADOS | RATIFICADOS | |
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Artículo 25 a) Participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos; | ||
Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial Artículo 5 c) Los derechos políticos, en particular el de tomar parte en elecciones, elegir y ser elegido, por medio del sufragio universal e igual, el de participar en el gobierno y en la dirección de los asuntos públicos en cualquier nivel, y el de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas; | ||
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer Artículo 7 b) Participar en la formulacón de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas, y ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos los planos gubernamentales; c) Participar en organizaciones y en asociaciones no gubernamentales que se ocupen de la vida pública y política del país. | ||
Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares Artículo 41 1. Los trabajadores migratorios y sus familiares tendrán derecho a participar en los asuntos públicos de su Estado de origen y a votar y ser elegidos en elecciones celebradas en ese Estado, de conformidad con su legislación. | ||
La Convención Iberoamericana de Derecho de los Jóvenes Artículo 21. Participación de los Jóvenes 2. Los Estados Parte se comprometen a impulsar y fortalecer procesos sociales que generen formas y garantías que hagan efectiva la participación de jóvenes de todos los sectores de la sociedad, en organizaciones que alienten su inclusión. |