Reformas

Progresividad laboral


2024-03-02
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Opinión

La figura de los pre-aviso de despido indirecto fueron normados por el artículo 12 de la Ley General del Trabajo, norma expulsada por la Sentencia Constitucional Nº 0009/2017 el 24 de marzo, por ser contraria a la Constitución Política del Estado, las Normas Internacionales del Trabajo de la OIT, el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales y el Derecho Comparado aplicable en materia laboral; fortaleciéndose así la protección a la estabilidad laboral. Sin embargo, todavía se aplicaban figuras en cubiertas de desvinculaciones como: las rebajas de salarios, las transferencias unilaterales, la disminución de capacidades, entre otras.

Es el Decreto Supremo Nº 3770 de 09 de enero de 2019 que prohíbe el retiro indirecto por rebaja de sueldos o salario; el Decreto Supremo Nº 4668 de 17 de febrero de 2022 establece la aplicación de los derechos laborales adquiridos; la Ley Nº 1468 de 03 de octubre de 2022 establece el procedimiento especial de restitución de derechos laborales, en caso de despido injustificado, la inamovilidad laboral, la falta de pago de remuneración o salario, y el cumplimiento del fuero sindical.

El principio de progresividad laboral permitió que la estabilidad laboral se fortalezca aún más por medio de la jurisprudencia; la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 1579/2011-R de 11 de octubre, establece conforme al principio del Ius Variandi (Derecho a Variar), por el empleador, que si bien, este tiene la facultad de cambiar el lugar y condiciones de trabajo, esa facultad no es absoluta ni mucho menos, se puede utilizar caprichosamente bajo ningún concepto, debiendo lograrse consensos y el consentimiento del trabajador, para variar sus condiciones.

Siguiendo la línea de progresividad, el Tribunal Constitucional, en su histórica primera Resolución de Doctrina Constitucional Nº 0001/2021, de 16 de junio de 2021, unificó la línea jurisprudencial sobre cumplimiento de la conminatoria de reincorporación laboral. A su vez, el Tribunal Supremo de Justicia, emitió la Circular No. 001/2022, de 7 de febrero, estableciendo los criterios procesales, respecto a la vía idónea, por la cual se puede proceder a revisar las conminatorias de reincorporación laboral, fortaleciendo la protección de la estabilidad laboral.

LEGISLACIÓN LABORAL

Frank I. Taquichiri Y.

Abogado y docente universitario post grado

 

legislacionlaboral@hotmail.com

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