Estados Unidos debe proteger la vida de mujeres, niñas, niños y adolescentes contra la violencia doméstica
De acuerdo con datos del Buró Federal de Investigaciones, entre el 2020 y 2024 se registraron más de 11.000 víctimas de homicidio en el marco de relaciones domésticas o familiares, de las cuales el 74.5% eran mujeres
20 de mayo de 2026
Washington, DC—La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su más profunda consternación ante los recientes asesinatos de mujeres, niñas, niños y adolescentes cometidos con armas de fuego en contextos de violencia doméstica en Estados Unidos. Dado que ello refleja un problema estructural relacionado con la violencia doméstica y la violencia armada, la CIDH insta al Estado a adoptar medidas eficaces de debida diligencia para abordar este tipo de violencia, brindar atención integral a las víctimas, investigar, procesar y sancionar los actos de violencia, garantizar su protección frente a toda forma de violencia y proporcionar reparaciones.
De acuerdo con datos del Buró Federal de Investigaciones, entre el 2020 y 2024 se registraron más de 11.000 víctimas de homicidio en el marco de relaciones domésticas o familiares, de las cuales el 74.5% eran mujeres, siendo las mujeres afroamericanas las más afectadas. Múltiples estudios han comprobado que el acceso a armas de fuego en el hogar incrementa drásticamente el riesgo de homicidio, y que éste se agrava cuando se inician procedimientos legales como divorcio, custodia o medidas de protección. La CIDH también ha advertido el vínculo entre la violencia doméstica y la violencia armada, y ha llamado a reforzar los mecanismos de protección en consecuencia.
La CIDH valora las medidas adoptadas por los Estados Unidos para abordar estas problemáticas. En el 2022, mediante la Ley Bipartidista de Comunidades Seguras (2022), el Estado amplió las prohibiciones de posesión de armas a personas condenadas por violencia doméstica en el contexto de relaciones de pareja, y destinó fondos para implementar leyes estatales de protección de riesgo extremo que permiten la remoción de armas a personas consideradas peligrosas. Asimismo, de acuerdo con información proporcionada por el Estado ante la CIDH, solo en 2024 se denegaron más de 5,000 ventas de armas a individuos condenados por violencia doméstica.
Según información pública, el 16 de abril de 2026, en Annandale, Virginia, una mujer fue asesinada a tiros por su esposo, quien tenía orden judicial de abandonar el hogar en el marco de un proceso de divorcio. Solo tres días después, en Shreveport, Louisiana, un hombre disparó y mató a ocho niños y niñas de entre tres y 11 años de edad - siete de ellos sus propios hijos - e hirió de gravedad a dos mujeres, entre ellas su esposa, con quien estaba en proceso de divorcio. Estos hechos evidencian la intersección letal entre la violencia doméstica, el acceso irrestricto a armas de fuego y la falta de mecanismos efectivos de protección, con mayor impacto en mujeres, niñas, niños y adolescentes.
En ese marco, la CIDH recuerda que, conforme a la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y a lo establecido en el caso Jessica Lenahan (Gonzales) y otros v. Estados Unidos, el Estado tiene la obligación de actuar con debida diligencia para prevenir y proteger a las víctimas de violencia doméstica, teniendo en cuenta que ésta afecta desproporcionadamente a mujeres - particularmente indígenas, afrodescendientes y/o de bajos ingresos económicos -, y a niñas, niños y adolescentes. La implementación oportuna y eficaz de medidas de protección es un componente esencial de ese deber y es fundamental para proteger la vida e integridad de las víctimas.
En ese sentido, además de reiterar las recomendaciones emitidas en el caso Lenahan, la CIDH urge a Estados Unidos a continuar adoptando las medidas necesarias, a nivel federal y estatal, para i) restringir el acceso a armas de fuego de personas con antecedentes de violencia doméstica y/o que representen un riesgo para la seguridad de mujeres, niñas, niños y adolescentes; ii) fortalecer las capacidades de la policía y las instituciones de justicia para identificar y atender oportunamente las necesidades de protección en estos casos; y iii) establecer mecanismos de seguimiento y rendición de cuentas sobre la implementación efectiva de las medidas de protección.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
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