Resolución del Ministerio de Trabajo establece el 31 de julio como fecha para el pago del retroactivo del incremento salarial 2025

El jueves 31 de julio, es la fecha máxima para el pago del retroactivo, Incremento Salarial y la aplicación del Salario Mínimo
Ministerio de Trabajo, 16 de mayo de 2025.- El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, a través de una conferencia de prensa, dio a conocer la resolución ministerial N° 512/25, que define los parámetros para el pago del Salario Mínimo, el Incremento Salarial y el retroactivo correspondiente a este año.
La resolución de 7 puntos, en su artículo primero ratifica que el Salario Mínimo Nacional es de Bs 2.750 (DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA 00/100 BOLIVIANOS), que representa un incremento del 10% con relación a la pasada gestión 2024, aplicable a todos los trabajadores del sector público y privado.
En el parágrafo III del artículo segundo de la resolución, se establece que el Incremento Salarial no es obligatorio para el personal de la empresa o establecimiento laboral del sector privado que, ocupe cargos de : PRESIDENTES, VICEPRESIDENTES, MIEMBROS DE DIRECTORIO, GERENTES, SUBGERENTES, DIRECTORES GENERALES, DIRECTORES O SUBDIRECTORES que tengan un nivel salarial acorde al cargo asignado.
También, se aclara que el Incremento Salarial dispuesto para la gestión 2025 en el sector privado, se aplica a toda trabajadora y trabajador con relación laboral en condiciones de subordinación y dependencia, trabajador por cuenta ajena, que perciba remuneración en cualquier de sus modalidades de contratación laboral.
Respecto al sector público, el Viceministro de Empleo, Servicio Civil y Cooperativas, Gonzalo Zambrana, puntualizó que “el alcance del Incremento Salarial es para el sector Magisterio, Salud, Fuerzas Armadas y la Policía Boliviana”.
El jueves 31 de julio, es la fecha máxima para el pago del retroactivo, Incremento Salarial y la aplicación del Salario Mínimo