Reflejan la adopción y ratificación de instrumentos internacionales y la existencia de mecanismos institucionales para su realización. Estos indicadores capturan el compromiso o aceptación de los estándares de derechos humanos por parte del Estado mediante su recepción en el sistema legal interno y la concordancia de las normas internas con estos estándares.
2014 | |
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1.00 | Total tratados adoptados |
1.00 | Total tratados ratificados |
0.00 | Total tratados pendientes de ratificación |
2014: | ONU |
Archivos | 2014 | |
ADOPTADOS | RATIFICADOS | |
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Artículo 19 1. Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones. 2. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección | ![]() | ![]() |
2014 | |
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1.00 | Total tratados adoptados |
1.00 | Total tratados ratificados |
0.00 | Total tratados pendientes de ratificación |
2014: | Comisión Interamericana de Derechos Humanos |
Archivos | 2014 | |
ADOPTADOS | RATIFICADOS | |
Convención Americana sobre Derechos Humanos Artículo 13. Libertad de Pensamiento y de Expresión 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección. 2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para asegurar: a) el respeto a los derechos o a la reputación de los demás, o b) la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas | ![]() | ![]() |
2014 | |
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![]() | Sí |
![]() | No |
2014 | |
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![]() | Amplia |
![]() | Restringida |
2014 | |
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![]() | Alto |
![]() | Medio |
![]() | Bajo |
2014: | El artículo 21 de la CPE establece entre los derechos civiles y políticos el acceder a la información, interpretarla, analizarla y comunicarla libremente, de manera individual o colectiva. Por otra parte, el artículo artículo 106 establece que el Estado garantiza el derecho a la comunicación y el derecho a la información. Señala tambien que el Estado garantiza a las bolivianas y los bolivianos el derecho a la libertad de expresión, de opinión y de información, a la rectificación y a la réplica, y el derecho a emitir libremente las ideas por cualquier medio de difusión, sin censura previa. |
2014: | Comunidad de Derechos Humanos |
2014 | |
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![]() | Sí |
![]() | No |
2014 | |
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0.00 | Total leyes existentes |
2014: | No existe una ley en la materia, sin embargo, se cuenta con el DS. No 27329 del 31 enero 2004, mismo que señala que en el marco de transparencia de la gestión pública que está impulsando el Gobierno Nacional, se establece que todas las instituciones del Poder Ejecutivo tanto a nivel central como descentralizado, autárquico y desconcentrado, deberán hacer públicos, a través de las respectivas páginas electrónicas y/o por cualquier otro medio alternativo de cada Ministerio, Prefectura y entidad desconcentrada. |
2014: | Comunidad de Derechos Humanos |
Archivos | 2014 | |
CON CONCORDANCIA PLENA | CON CONCORDANCIA PARCIAL |
2014 | |
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0.00 | Total leyes existentes |
2014: | Ninguna promulgada en este periodo |
2014: | Comunidad de Derechos Humanos |
Archivos | 2014 | |
CON CONCORDANCIA PLENA | CON CONCORDANCIA PARCIAL |