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La Asamblea Legislativa aprueba decretos de amnistía e indulto para beneficiar a más de 2.700 privados de libertad


2018-04-18
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La Razón

El indulto total alcanza a varones presos de 58 años y a mujeres de 55, que hayan cumplido una cuarta parte de su condena, o estén al cuidado de sus hijos, embarazadas de 20 semanas, con discapacidad grave, enfermedad terminal o incurable grave y los no reincidentes.

Dos semanas después de que el presidente Evo Morales enviará a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) los decretos presidenciales de amnistía e indulto para beneficiar a 2.735 privados de libertad, éstos fueron aprobados hoy por el pleno legislativo y entran en vigencia.

Mujeres embarazadas, mayores de 65 años y detenidos preventivos por delitos con penas mayor o igual a cinco años, son los principales beneficiados, entre otros.

Según la norma, el beneficio de la amnistía será para detenidos preventivos por delitos con penas menor o igual a cinco años o cuya pena más grave sea menor a ocho años, aquellos con alguna discapacidad grave, enfermedad terminal, mujeres embarazadas con 20 semanas de gestación o quienes tengan bajo su guarda o custodia a menores de seis años y, para personas mayores de 65 años.

El decreto presidencial sobre el indulto prevé la aplicación de dos tipos: parcial y total. Los reos con sentencia condenatoria ejecutoriada podrán acceder al indulto parcial mediante la reducción de una tercera parte de la pena para los que padecen discapacidad grave, o con enfermedad terminal o incurable.

“Estamos hablando de más de dos mil personas que se van a beneficiar con el indulto y amnistía, eso indudablemente va a ayudar a descongestionar de alguna manera las cárceles en nuestro país que hoy en día se encuentran hacinadas por la gran cantidad de reclusos preventivos que se tiene”, explicó el senador del Movimiento Al Socialismo (MAS), Milton Barón, según un boletín de prensa del Senado.

"Se beneficiarán con una cuarta parte de la reducción de la pena los menores de 28 años y mayores de 58, madres al cuidado de uno o varios hijos, y con la reducción de 2 años para los no reincidentes con condenas igual o mayor a seis años", señala la norma.

El indulto total alcanza a varones presos de 58 años y a mujeres de 55, que hayan cumplido una cuarta parte de su condena, o estén al cuidado de sus hijos, embarazadas de 20 semanas, con discapacidad grave, enfermedad terminal o incurable grave y los no reincidentes.

"También se acogerán quienes estén cumpliendo una detención domiciliaria sin sentencia que no hayan cometido delitos señalados en los decretos", dice la norma.

Morales informó el pasado 3 de abril que hasta noviembre del año pasado había 5.409 personas con sentencia y 12.537 detenidos preventivos.

La norma también establece que no podrán acogerse a la amnistía o al indulto los reos reincidentes, los que cometieron delitos en los que la Constitución Política del Estado, el Código Penal u otra norma no admita indulto, o por delitos contra la seguridad interior y exterior del Estado.

Entre los excluidos también figuran los reos que cometieron delitos contra la vida, por corrupción, contra la libertad sexual, en aquellos en que el Estado es parte querellante o acusador a excepción del Ministerio Público, por terrorismo, genocidio, contrabando, trata o tráfico, secuestro, robo agravado o sustracción de un menor o incapaz.

Los que cometieron delitos contra la integridad física o psicológica de niños, niñas o adolescentes o por delitos de violencia familiar o doméstica, personas presas por tráfico sustancias controladas sancionadas con penas superiores a 10 años, estafa u otras defraudaciones, lesiones gravísimas o seguida de muerte, también fueron descartados para el indulto.

Es la sexta medida de este tipo, entre 2006 y 2017, y se espera llegar a beneficiar a un universo mayor que en el pasado, cuando se acogieron al beneficio en los últimos cinco años 5.789 privados de libertad. 

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