Indicadores DDHH

Reflejan la adopción y ratificación de instrumentos internacionales y la existencia de mecanismos institucionales para su realización. Estos indicadores capturan el compromiso o aceptación de los estándares de derechos humanos por parte del Estado mediante su recepción en el sistema legal interno y la concordancia de las normas internas con estos estándares.

Principales Tratados Internacionales de derechos humanos, relevantes para el derecho, ratificados por el Estado en relación a los adoptados por el Sistema de Naciones Unidas.
    Total tratados
 2023  2018  2014 
0.00 2.00 2.00  Total tratados adoptados
0.00 2.00 2.00  Total tratados ratificados
0.00 0.00 0.00  Total tratados pendientes de ratificación
    Fuente
2023: 
2018: Naciones Unidas.
2014: Naciones Unidas.
    Tratados
Principales Tratados Internacionales de derechos humanos, relevantes para el derecho, ratificados por el Estado en relación a los adoptados por el Sistema Interamericano de Derechos Humanos
    Total tratados
 2023  2018  2014 
0.00 2.00 2.00  Total tratados adoptados
0.00 2.00 2.00  Total tratados ratificados
0.00 0.00 0.00  Total tratados pendientes de ratificación
    Fuente
2023: 
2018: Organización de los Estados Americanos
2014: CIDH.
    Tratados
Reconocimiento del derecho y cobertura en la Constitución Política del Estado
    Reconoce
 2023  2018  2014 
No
    Cobertura
 2023  2018  2014 
Amplia
Restringida
    Grado de Concordancia con el DIDH
 2023  2018  2014 
Alto
Medio
Bajo
    Explicación
2023: 
2018: El derecho a no sufrir violencia esta dispuesto en la CPE en el Art. 15 al establecer que todas las personas, en particular las mujeres, tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual o psicológica, tanto en la familia como en la sociedad, ello incluye pro tanto el ámbito político. El derecho a la integridad en este caso esta estrechamente relacionado con el derecho a la participación política, respecto al cual la CPE señala en el art. 26 que todas las ciudadanas y los ciudadanos tienen derecho a participar libremente en la formación, ejercicio y control del poder político, directamente o por medio de sus representantes, y de manera individual o colectiva. La participación será equitativa y en igualdad de condiciones entre hombres y mujeres. Estos derechos son concordantes con el derecho internacional de los derechos humanos, en particular con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención contra toda Forma de Discriminación Contra la Mujer y la Convención Belén do Pará.
2014: El derecho a no sufrir violencia esta dispuesto en la CPE en el Art. 15 al establecer que todas las personas, en particular las mujeres, tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual o psicológica, tanto en la familia como en la sociedad, ello incluye pro tanto el ámbito político. El derecho a la integridad en este caso esta estrechamente relacionado con el derecho a la participación política, respecto al cual la CPE señala en el art. 26 que todas las ciudadanas y los ciudadanos tienen derecho a participar libremente en la formación, ejercicio y control del poder político, directamente o por medio de sus representantes, y de manera individual o colectiva. La participación será equitativa y en igualdad de condiciones entre hombres y mujeres. Estos derechos son concordantes con el derecho internacional de los derechos humanos, en particular con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención contra toda Forma de Discriminación Contra la Mujer y la Convención Belén do Pará.
    Fuente
2023: 
2018: Comunidad de Derechos Humanos
2014: Comunidad de Derechos Humanos
Existencia y cobertura de las leyes nacionales vigentes para implementar el derecho anteriores a la Constitución Política de Estado de 2009 (acumulado hasta la gestión 2023_2018_2014)
    Existencia de normativa
 2023  2018  2014 
No
    Total leyes
 2023  2018  2014 
0.00 2.00 2.00  Total leyes existentes
    Descripción
2023: 
2018: Las principales normas anteriores a la CPE en la materia han sido derogadas mediante la adopción de nueva legislación en materia electoral, no obstante algunas otras como la ley de partidos políticos y agrupaciones ciudadanas continúan vigentes, estas normas no transgreden el derecho internacional, no obstante requieren su reformulación en el marco de la actual Constitución Política del Estado y su concordancia con la Ley Nº 243 Contra el Acoso y la Violencia Política hacia las Mujeres.
2014: Las principales normas anteriores a la CPE en la materia han sido derogadas mediante la adopción de nueva legislación en materia electoral, no obstante algunas otras como la ley de partidos políticos y agrupaciones ciudadanas continúan vigentes, estas normas no transgreden el derecho internacional, no obstante requieren su reformulación en el marco de la actual Constitución Política del Estado y su concordancia con la Ley Nº 243 Contra el Acoso y la Violencia Política hacia las Mujeres.
    Fuente
2023: 
2018: Comunidad de Derechos Humanos
2014: CDH.
    Leyes nacionales
Archivos202320182014
CON CONCORDANCIA PLENACON CONCORDANCIA PARCIALCON CONCORDANCIA PLENACON CONCORDANCIA PARCIALCON CONCORDANCIA PLENACON CONCORDANCIA PARCIAL
LEY Nº 1983 DE PARTIDOS POLÍTICOS (1999)
LEY No 2771 DE AGRUPACIONES CIUDADANAS Y PUEBLOS INDIGENAS (2004)
Principales normas promulgadas en el periodo para implementar el derecho
    Total leyes
 2023  2018  2014 
0.00 1.00 1.00  Total leyes existentes
    Descripción
2023: 
2018: La Ley 1096 entre sus principales disposiciones establece entre las atribuciones del Órgano Electoral la prevención, atención y sanción del acoso y/o violencia política hacia las mujeres.En los Estatutos Orgánicos de los partidos políticos y agrupaciones ciudadanas deben incluir protocolos internos para la prevención, atención de denuncias y sanción del acoso y la violencia política hacia las mujeres, que incluyan procedimientos, instancias competentes y sanciones. Establece como uno de los deberes de las organizaciones políticas el promover el principio de paridad y alternancia en la elección interna de sus dirigencias y la elección o nominación de sus candidaturas legislativas, garantizando la participación política de las mujeres en el ejercicio de la democracia interna, en igualdad de condiciones y libres de acoso y violencia política.
2014: La Ley Transitoria electoral, establece que se elegirán tanto miembros titulares como suplentes de los Órganos Deliberativos de los Gobiernos Autónomos, bajo los principios de paridad y alternancia.
    Fuente
2023: 
2018: Comunidad de Derechos Humanos
2014: Comunidad de Derechos Humanos
    Leyes nacionales
Archivos202320182014
CON CONCORDANCIA PLENACON CONCORDANCIA PARCIALCON CONCORDANCIA PLENACON CONCORDANCIA PARCIALCON CONCORDANCIA PLENACON CONCORDANCIA PARCIAL
Ley Nº 1096, de Organizaciones Políticas (2018)
Ley Transitoria Electoral Elecciones Subnacionales 2015 (2014)

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