Dato de la Semana 03/2023 Valor jurídico que reconoce la CPE a los tratados de derechos humanos
La CPE en el Art. 410 de la CPE establece que los tratados y convenios de derechos humanos ratificados por Bolivia son parte del bloque de constitucionalidad, reconociéndoles entonces valor constitucional. Establece su aplicación preferente a la propia constitución cuando reconozcan derechos más favorables, dándole en esos casos valor supraconstitucional.
Fuente: Sistema de Monitoreo de Progresos en Derechos Humanos| 2022 | |
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| Supra constitucional | |
| Constitucional | |
| Infra constitucional |
| 2022: | La Constitución Política del Estado en el Art. 410 de la CPE establece que los tratados y convenios de derechos humanos ratificados por Bolivia son parte del bloque de constitucionalidad, reconociéndoles entonces valor constitucional. No obstante, establece su aplicación preferente a la propia constitución cuando reconozcan derechos más favorables, conforme dispone el Art. 13 IV. y el Art. 256 I, dándole en esos casos valor supraconstitucional. |



