Dato de la Semana 27/2021 Reconocimiento del acceso a la justicia para mujeres víctimas de violencia en la CPE.
2021-08-30
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La Constitución Política del Estado en al Art. 15 reconoce el derecho a la integridad física, psicológica y sexual, pero además señala que todas las personas, en particular, las mujeres, tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual o psicológica, tanto en la familia como en la sociedad; y que el Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar la violencia de género.
Fuente: Sistema de Monitoreo de Progresos en Derechos HumanosReconocimiento del derecho y cobertura en la Constitución Política del Estado
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2020: | La Constitución Política del Estado en al Art. 15 reconoce el derecho a la integridad física, psicológica y sexual, pero además señala que todas las personas, en particular, las mujeres, tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual o psicológica, tanto en la familia como en la sociedad; y el Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar la violencia de género. Esta disposición es concordante con la Convención Americana de Derechos Humanos, la Convención Belem do Pará y la Convención para la Eliminación de Toda Forma de Discriminación Contra la Mujer, entre otros instrumentos internacionales de derechos humanos. |
2020: | Comunidad de Derechos Humanos |