Reformas

Urge una reforma contra la violencia sexual


2024-05-13
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La Razón

La CorteIDH ha establecido que Bolivia debe modificar su legislación para definir el delito de violación con base en la falta de consentimiento y no en el uso de la fuerza. Además, debe eliminar la figura discriminatoria del estupro, una disposición legal que puede aplicarse cuando un adulto viola a una adolescente que supera la edad legal de consentimiento, pero es menor de 18 años.

/ 13 de mayo de 2024 / 11:16

 

Ha pasado más de un año desde que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) emitió un fallo histórico a favor de la sobreviviente de violencia sexual Brisa De Angulo Losada contra el Estado de Bolivia. Aunque se han logrado avances en la implementación de la sentencia, quedan áreas críticas pendientes, particularmente la reforma legal.

 

Alta prevalencia de la violencia sexual e impunidad. Bolivia tiene las tasas más altas de violencia sexual en América Latina. Una de cada tres niñas sufre violencia sexual antes de cumplir los 18 años. A pesar de las estadísticas alarmantes, las sobrevivientes de violencia sexual encuentran barreras al buscar justicia.

 

La experiencia de Brisa refleja esta realidad: violada repetidamente por un familiar adulto a partir de los 16 años, enfrentó tres juicios en Bolivia sin que su agresor fuera llevado ante la justicia y sancionado. Durante este calvario dentro del sistema de justicia penal, fue objeto de culpabilización, discriminación de género y más trauma.

 

La sentencia de la CorteIDH nos trajo esperanza. En enero de 2023, el fallo de la CorteIDH a favor de Brisa finalmente le ha otorgado un nivel de justicia y le ha ofrecido a ella, y a tantas otras sobrevivientes, una esperanza real de cambio. La CorteIDH ordenó a Bolivia adoptar varias medidas, tanto en las leyes como en la implementación de las mismas. Aunque se han dado algunos pasos, el camino hacia la plena ejecución de la sentencia es largo.

 

En agosto de 2023, el Estado de Bolivia se disculpó formalmente con Brisa en un evento público, reconociendo oficialmente las violaciones a sus derechos humanos. Además, se ha avanzado en la capacitación a operadores/as de justicia para promover la implementación de la perspectiva de género en casos de violencia sexual.

 

Urge que el Estado avance con la reforma legal. La CorteIDH ha establecido que Bolivia debe modificar su legislación para definir el delito de violación con base en la falta de consentimiento y no en el uso de la fuerza. Además, debe eliminar la figura discriminatoria del estupro, una disposición legal que puede aplicarse cuando un adulto viola a una adolescente que supera la edad legal de consentimiento, pero es menor de 18 años.

 

Bolivia debe también reconocer explícitamente en el Código Penal el delito de violación incestuosa, definido como cualquier acto sexual entre un adulto y un menor de edad dentro del entorno familiar.

 

Estas determinaciones de la Corte crean un precedente importante para todos los países del sistema interamericano. Como evidencia el informe de Equality Now Fracaso en la Protección, la mayoría de los códigos penales en América Latina y el Caribe aún se basan en el requisito del uso de la fuerza para definir los delitos de violencia sexual.

 

Tras la sentencia, se han presentado cinco proyectos de ley sobre violencia sexual en Bolivia. Sin embargo, hasta la fecha, ninguno ha sido aprobado. En ese sentido, celebramos que recientemente la Comisión de Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa Plurinacional haya alcanzado consenso sobre un proyecto de ley que declara la imprescriptibilidad de los delitos de violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes, elimina el delito de estupro, adecúa la figura de la violación a los estándares de la CorteIDH y crea el delito de violación incestuosa. Es imperativo que este proyecto se apruebe y se convierta en ley.

 

Urge que el Estado investigue. La CorteIDH ha determinado también investigar los actos de revictimización contra Brisa, identificando a funcionarios cuyas acciones contribuyeron a esta situación y posibles irregularidades procesales.

 

Hasta la fecha, la Procuraduría General del Estado no ha iniciado indagaciones sobre las acusaciones en el documento difamatorio que emitió contra Brisa y que fue presentado ante la CorteIDH durante el proceso.

 

Este documento ha sido utilizado por el agresor de Brisa y otros para difamarla, iniciar acciones legales en su contra e incluso obstruir el procedimiento de extradición del agresor, quien se encuentra prófugo de la Justicia boliviana. El Estado debe avanzar en la investigación ordenada por la CorteIDH y así detener esta revictimización hacia Brisa, quien lleva 20 años luchando por acceso a la Justicia.

 

(*) Monica Bayá es secretaria técnica de Comunidad de Derechos Humanos Bolivia; Barbara Jiménez-Santiago es representante regional de Equality Now para América Latina y el Caribe; y Brisa De Angulo Losada es activista, sobreviviente, fundadora y directora de A Breeze of Hope

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