Reformas

La inamovilidad laboral


2024-04-07
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Opinión

En caso de vulneración se activará la Ley Nº 1468 de 30 de septiembre de 2022, cuyo objeto es restituir el derecho al trabajo, a la estabilidad laboral, la inamovilidad laboral, la falta de pago de remuneración o salario, y el cumplimiento del fuero sindical.

Bolivia ha normado la inamovilidad laboral a favor de todas las personas con: discapacidad, sean cónyuges, padres, madres o tutores de hijos, de los dirigentes sindicales que gozan del fuero sindical.

 

En condiciones generales o particulares, gozan de inamovilidad laboral los trabajadores que conforme a la normativa vigente, no se les puede disminuir sus ingresos, no pueden ser trasladados de su fuente de trabajo, menos despedidos. La Sentencia Constitucional Plurinacional 0111/2014 de 10 de enero de 2014, señalando a Guillermo Cabanellas, señala que la inamovilidad laboral por fuero sindical es: “la garantía que se otorga a determinados trabajadores, motivada en su condición representativa sindical, para no ser despedidos, trasladados, ni modificadas sus condiciones de trabajo, sin justa causa”.

 

El mismo autor agrega que: “El fuero sindical representa la garantía que los Poderes Públicos otorgan a los trabajadores que, actuando en cargos directivos o representativos de sindicatos legalmente constituidos, necesitan, por razón del contrato de trabajo que los vincula a un empresario o patrono, una protección suficiente para el ejercicio de su actividad sindical”.

 

El Comité de Libertad Sindical de la OIT aspira a que la aplicación del fuero sindical sea extensiva a todos los trabajadores sindicalizados y no únicamente a los dirigentes, aunque para estos últimos puede admitirse un grado superior de protección, debido a que se encuentran expuestos en mayor medida a ser perjudicados por el empleador.

 

Se puede concluir que la inamovilidad laboral es aquel conjunto de medidas destinadas a brindar protección a todos aquellos que están protegidos por la ley, contra cualquier acto que pueda constituir un perjuicio a su normal desarrollo en la actividad laboral y comprende la prevención, el control y la reparación de los actos tendentes a menoscabar su salario, su cargo, su carrera laboral y su estabilidad en el trabajo, en consecuencia, estos grupos especiales de trabajadoras y trabajadores están protegidos por la normativa laboral. En caso de vulneración se activará la Ley Nº 1468 de 30 de septiembre de 2022, cuyo objeto es restituir el derecho al trabajo, a la estabilidad laboral, la inamovilidad laboral, la falta de pago de remuneración o salario, y el cumplimiento del fuero sindical.

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