Ley General del Trabajo
el Estado, al incorporar leyes que protejan a más sectores de trabajadores, ejerce la tutela en favor de esta clase vulnerable.
El Decreto Supremo de 24 de mayo de 1939 da respuesta a las condiciones económicas y políticas de la época, en ese ámbito se promulga una ley que reguló las relaciones laborales, dictándose la primera Ley General del Trabajo, elevado a rango de ley el 8 de diciembre de 1942.
Hasta el año de 1896 regía la Ley de Enganche por el apogeo de la explotación de la goma y el caucho en el noreste de Bolivia; los derechos adquiridos en favor de los trabajadores eran mínimos.
Por lo dispersa y difusa que era esa ley, poco a poco se fueron incorporando normas referentes a las horas de trabajo, seguridad social, derecho a la huelga, protección a la mujer y a los niños, hasta crear un organismo administrativo en el campo laboral.
Por otro lado, mineros y ferroviarios fueron quienes iniciaron las protestas para adquirir un trato laboral más justo; los presidentes militares Toro, Busch y Villarroel, de tendencia nacional socialista, impulsaron normas laborales protectivas a favor de los trabajadores. Al ser esta una época del auge de la minería, especialmente como sustento principal de la economía nacional, así como la construcción de la doctrina por la lucha de clases y por mejores condiciones de vida vanguardizada por los mineros, así como la construcción de ferrocarriles, plantaciones de castaña, goma y la caña, las primeras leyes fueron arrancadas por los obreros para estos rubros.
Actualmente se tiene los principios esenciales del derecho del trabajo, incorporados a la legislación laboral, como el Principio Protectivo basado en sus reglas de la condición más beneficiosa para el trabajador y el In Dubio Pro Operario, el Principio de No Discriminación, el Principio de Continuidad de la Relación Laboral, el Principio Intervencionista, el Principio de la Primacía de la Realidad, entre otros. Es así que el Estado, al incorporar leyes que protejan a más sectores de trabajadores, ejerce la tutela en favor de esta clase vulnerable.
La actual Constitución Política del Estado, de manera general, a partir del artículo 46 describe el derecho al trabajo y al empleo, la protección del Estado al ejercicio del trabajo en todas sus formas, la prohibición del trabajo forzoso, el cumplimiento obligatorio de las disposiciones sociales y laborales.
LEGISLACIÓN LABORAL
Frank I. Taquichiri Y.
Docente universitario post grado
legislacionlaboral@hotmail.com