Género, tortura y tratos crueles e inhumanos
Los Estados son responsables de los actos de tortura cuando, por su indiferencia, su inacción o por la pasividad de los jueces y fiscales, no actúan para proteger a las víctimas de esos actos de violencia
Al momento de hablar sobre tortura, es imposible evitar reproducir, en nuestras mentes, la clásica imagen de una película de espías o de periodo de guerra: un agente policial o militar que tiene detenido a un sujeto masculino sentado y maniatado, a quien se golpea o somete a situaciones dolorosas, utilizando instrumentos diversos: electricidad, alicates, golpes para obligarlo a dar información o hacer una confesión.
Para muchas personas, estas situaciones son impensables en estos tiempos y se puede creer que las imágenes como la descrita líneas arriba, quedaron en el pasado y no se repiten más. Sin embargo, las formas de comprender la tortura y sus expresiones han evolucionado, por un lado, debido a los avances del derecho internacional y las normativas nacionales, que prohíben la tortura y, por otro, por la naturalización del uso de la violencia en la vida cotidiana.
La imagen del hombre torturado con la que iniciamos, se aleja cada vez más de la realidad cotidiana y las formas contemporáneas de tortura. La tortura es una grave violación de derechos humanos, una expresión de abuso de poder y control, que vulnera la dignidad y la igualdad de la persona. Las relaciones de género son también relaciones que expresan poder, y el uso de determinadas formas de violencia contra mujeres, niñas o personas de diversidades sexuales y genéricas, pueden ser consideradas como formas de tortura.
Las mujeres, niñas o personas LGBTIQ privadas de libertad suelen estar en situaciones de mayor vulnerabilidad frente a los tratos crueles, degradantes e inhumanos. Las mujeres y niñas víctimas de la trata son sistemáticamente sometidas a aislamiento, abusos sexuales y malos tratos físicos graves, humillaciones y amenazas con fines de explotación sexual comercial, laboral y extracción de órganos.
Otras prácticas como la mutilación genital femenina, la esterilización forzada a mujeres, el matrimonio y embarazo infantil forzados, el no acceso oportuno a una interrupción del embarazo en los casos previstos por ley, la violencia sexual y la violencia doméstica, el trato discriminatorio contra las personas LGBTIQ, constituyen tortura. Denegar el acceso al aborto seguro (especialmente donde fuere legal) y someter a mujeres y niñas a actitudes humillantes en situaciones en las que es esencial acceder en el plazo debido a la asistencia sanitaria, equivale a tortura y malos tratos, de acuerdo al Informe del Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes de 2016.
Los Estados son responsables de los actos de tortura cuando, por su indiferencia, su inacción o por la pasividad de los jueces y fiscales, no actúan para proteger a las víctimas de esos actos de violencia. El 26 de junio se celebró el Día Internacional de las Naciones Unidas en Apoyo de las Víctimas de la Tortura.
DESDE EL CUARTO PROPIO
MÓNICA NOVILLO G.
Feminista y comunicadora social
monicanovillo@yahoo.com