Reformas

Cuando triunfe el amor


2020-07-13
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La Razón

Los vocales de la Sala Constitucional, asumiendo apropiadamente la aplicación preferente de instrumentos internacionales en materia de derechos humanos que declaren derechos más favorables a los contenidos en la Constitución

En una hermosa canción, Silvio Rodríguez pregunta ¿A quién acusaremos cuando triunfe el amor? En la historia que quiero contarles, lo inesperado es que el responsable de que en Bolivia celebremos el triunfo del amor es la Sala Constitucional Segunda del Tribunal de Justicia de La Paz. Y sí, en los medios también tenemos que levantar la voz cuando los recintos del sistema judicial nos sorprenden gratamente impartiendo justicia.

Y es que el viernes 3 de julio, la jurisdicción constitucional de La Paz dio un paso gigante a favor de los derechos humanos de la población LGBTI, al anular una resolución administrativa del Servicio de Registro Cívico (Serecí) que había rechazado la solicitud de David Aruquipa y Guido Montaño, de obtener el reconocimiento y certificación oficial de la unión libre que tienen en común desde hace más de una década.

El trámite administrativo iniciado en 2018 y promovido por Derechos en Acción y la Comunidad de Derechos Humanos, había sido rechazado en numerosas oportunidades por el Serecí, arguyendo enfoques restrictivos de derechos y apelando a fundamentos descontextualizados y anacrónicos. Finalmente, la Sala Constitucional determinó la aplicación preferente de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), interpretada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en su Opinión Consultiva 24 (OC-24) que “no encuentra motivos para desconocer el vínculo familiar que parejas del mismo sexo pueden establecer por medio de relaciones afectivas con ánimo de permanencia, que buscan emprender un proyecto de vida conjunto, típicamente caracterizado por cooperación y apoyo mutuo”.

Los vocales de la Sala Constitucional, asumiendo apropiadamente la aplicación preferente de instrumentos internacionales en materia de derechos humanos que declaren derechos más favorables a los contenidos en la Constitución, consideraron, en forma unánime, que la resolución administrativa del Director Nacional del Serecí era lesiva de los derechos humanos de los interesados. En consecuencia, ordenaron al director emitir una nueva resolución en un plazo no mayor a 10 días, empleando como parámetro la Convención Americana y la OC-24 de la Corte IDH.

Por ello podemos sostener que en Bolivia nos encontramos a un paso de celebrar la primera unión libre oficial de personas del mismo sexo. Esta decisión de la justicia constitucional marca un hito para la población LGBTI en Bolivia, y acompaña los cambios que se han venido dando en la región a favor de los derechos de esta población. Recordemos que, Costa Rica, en agosto de 2018, y Ecuador, en junio de 2019, dieron pasos fundamentales para garantizar el derecho a la familia de las personas del mismo sexo a la luz de la OC-24 de la Corte IDH. Con esto, ya son 30 los países en todo el mundo adscritos a una corriente social y jurídica que avanza hacia una igualdad sustantiva y que no tiene vuelta atrás. Estoy segura de que este será el espíritu que acompañará la decisión definitiva del Tribunal Supremo Electoral que, como ente superior del Órgano Electoral Plurinacional del que depende el Serecí, emitirá en los próximos días.

Mientras esperamos celebrar con David Aruquipa y Guido Montaño este avance en el reconocimiento de derechos, tengamos en mente el consejo de Mario Benedetti: “Cada vez que te enamores no expliques a nadie nada, deja que el amor te invada sin entrar en pormenores”. Tal vez solo en este caso el poeta coincidirá que la resolución administrativa que debiera dictar el Serecí con reconocimiento oficial por parte del Estado y registro de la unión libre de esta pareja no es un pormenor.

*Lourdes Montero es cientista social

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