MAS aprobará Ley Corta con 15 infracciones a la CPE y Tratados
2010-06-02
Opinión de la Diputada de oposición Pierola sobre contravenciones a derechos y garantías que contendría la Ley Corta de transición a las Autonomías
Se violan institutos de jerarquía internacional como el “principio de inocencia”, “derechos políticos”, “derechos humanos” y legaliza la figura de “inducción al delito”. Advierten que la norma “en definitiva entierra la incipiente democracia” y legaliza “prácticas dictatoriales” al despojar de su mandato a tres gobernadores electos. La oposición política tildó ayer de inconstitucional a la Ley Transitoria de las Autonomías por contener al menos 15 infracciones a las leyes, Constitución Política del Estado (CPE), Tratados y Convenios Internacionales a los que Bolivia se adscribió antes que Evo Morales asumiera el mando de la nación. El proyecto de ley comenzará a ser aprobado desde hoy por la mayoría del MAS en la Cámara de Senadores. La diputada Norma Piérola y el senador Germán Antelo del opositor PPB-Convergencia Nacional, calificaron por separado a la denominada “Ley Corta” como una nueva “ley del golpe autonómico” que destruye la democracia y vulnera el voto soberano ejercido en las urnas. Para la diputada Piérola, la actitud del MAS de aprobar a como dé lugar ese proyecto de ley, demuestra el abuso de poder en la perspectiva de consolidarse como un gobierno hegemónico y absolutista que bajo el pretexto de una ley transitoria, pretende descabezar a gobernadores electos sobre todo en Santa Cruz y Tarija a simple acusación formal en materia penal. “PISOTEO DE DERECHOS Y GARANTÍAS” Piérola, abogada de profesión, argumentó entre una entrevista con EL DIARIO que el MAS viola hasta su propia Constitución Política del Estado, los Tratados y Convenios Internacionales sobre presunción de inocencia y derechos civiles políticos. Explicó que la disposición Transitoria Segunda de la CPE no prevé la aprobación de “leyes transitorias”, en tanto que el Art. 28 de la CPE dice: “los derechos políticos se suspenden previa sentencia penal ejecutoriada” y la figura de la suspensión de un Gobernador electo a simple imputación o acusación, vulnera el Art. 116 sobre “la presunción de inocencia…” Además, el Art. 123 de la CPE inclusive permite la retroactividad en caso de delitos de corrupción, pero en ningún caso impide o interrumpe el ejercicio de un mandato. La “Ley Corta” al definir las funciones que debe cumplir la Asamblea Departamental, viola el Art. 286 parágrafo II de la CPE porque induce al ejercicio ilegal y doloso de realizar el procedimiento revocatorio del mandato que sólo corresponde a la iniciativa legislativa ciudadana conforme dispone el Art. 240 parágrafo III de la CPE. La legisladora explicó que el Art. 10 de la “Ley Transitoria”, pretende convertir una ausencia temporal, en ausencia definitiva, violando el Art. 271 CPE que afirma que la Ley Marco de Autonomías, “regulará el procedimiento para la elaboración del estatuto autonómico, la transferencia, delegación, competencias, régimen económico financiero”. Sostuvo que la “Ley Corta” sólo debe establecer mecanismos y procedimientos técnicos mínimos de entrega o transferencia administrativa, de funcionamiento y no atribuirse funciones de las asambleas departamentales. MÁS CONTRAVENCIONES Piérola denunció que la concentración de poder en pocas manos que pretende el MAS, infringe el Art. 12 de la CPE que dispone la organización del Estado sobre la independencia, separación, coordinación y cooperación de los órganos Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral. Ahora – dijo - se propone pasar por alto los artículos 28 sobre el ejercicio de los derechos políticos, 234 de la CPE que ordena a los candidatos que para acceder a la función pública no deberían tener pliego de cargo ejecutoriado, ni sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal, pendientes de cumplimiento. Los anteriores en trámite en la Asamblea vulneran de manera flagrante los Tratados Internacionales en el Art. 14 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Igualmente transgreden el Art. 11 Inc. I.; Art. 26 y Art. 27 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; Art. 14 del Pacto de los Derechos Civiles y Políticos; Art. 3 Inc. 4) de la Convención Interamericana contra la Corrupción. Esos tratados establecen de manera nítida los casos en los que una persona pierde sus derechos políticos, en este caso a ejercer un cargo electivo, y se vulnera el voto del soberano, precisó. EXHORTAN AL MÁS La oposición considera que los autores del proyecto de ley están conscientes de lo indefendible de la maniobra que significa dar un “golpe a la democracia tan artero que no da tiempo a reacciones oportunas” para rechazar esas intenciones que destruyen el Estado de Derecho. Admite que ante la pequeñez cuantitativa y debilidad de la oposición parlamentaria para dar batalla, no queda más que exhortar al oficialismo a no aprobar “esta ley que en definitiva entierra la incipiente democracia”, dijo Piérola. Lamentó que el MAS en su intento de legalizar “prácticas dictatoriales” despoje de su mandato a los gobernadores de Santa Cruz, Beni y Tarija después de asumir sus cargos, con lo que se habría producido un flagrante desconocimiento de la voluntad popular y, lo que es peor, se habrá transgredido una vez más la Constitución Política del Estado, con la misma facilidad que en otras ocasiones.