Mejorar el transporte
2011-08-18
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Editorial del periódico La Razón comenta sobre la promulgación de la Ley de Transportes.
El martes, luego de su viaje a China, el Presidente del Estado ha promulgado la Ley 165, de Transportes, que debiera ser entendida como un paso trascendental, pues muchos de los aspectos más conflictivos del transporte son normados por primera vez en la historia. Sin embargo, mientras no se emitan los decretos reglamentarios, la norma es todavía una promesa. En efecto, hasta ahora la norma más importante en materia de transporte era el Código de Tránsito y su Reglamento, que por obvias razones, ligadas al momento histórico en que fue promulgado, durante la dictadura de Hugo Banzer, no contemplaba numerosos aspectos del sistema de transporte en el país que, además, se hicieron más complejos con el paso del tiempo, particularmente durante los años que rigió el marco neoliberal. Con la Ley General de Transportes no sólo se regula las modalidades de transporte aéreo, terrestre, ferroviario y acuático, tarea que estaba señalada, parcialmente, en numerosas normas menores, sino que sobre todo se establecen los derechos y deberes de transportistas, pasajeros y peatones, además de las bases para un régimen laboral que garantice los derechos de los trabajadores del volante. Asimismo, la ley establece que los gobiernos municipales son los que deberán regular el costo de las tarifas para el servicio urbano, las gobernaciones para el servicio interprovincial y el gobierno central para el servicio interdepartamental e internacional, definición que desde hace años se venía demandando. En ese mismo sentido, se señala que los gobiernos departamentales y municipales, en el ámbito de sus competencias, serán los que apliquen sanciones a los operadores del transporte público que incumplan con las disposiciones contenidas en la norma, lo cual, además de significar una asignación explícita de atribuciones, abona a la gestión autonómica de asuntos que interesan al común de la gente. Otros detalles de la norma dados a conocer durante los días previos muestran que los usuarios tienen entre sus derechos el de ser transportados desde el lugar de origen hasta el lugar de destino de acuerdo con la ruta establecida y recibir reembolso en caso de que ésta no sea cumplida. Para el caso de los peatones, eternos ignorados en las normas viales, la ley señala como deberes de éstos circular por las aceras; cruzar la calzada de una acera a otra por el paso de peatones, franjas de seguridad, pasarelas o lugares autorizados; y entre sus derechos el de tener preferencia de paso en calles donde no haya autoridad de tránsito ni señales, y en la intersección de vías sin señalización. Hay, pues, motivos para tener esperanza en que el transporte de pasajeros, tantas veces criticado por su falta de calidad e indolencia de sus operadores, a partir de ahora será correctamente regulado y mejore visiblemente. Ojalá sea así