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Comité de Expertas del MESECVI expresa preocupación ante discursos e iniciativas legislativas que promueven el concepto de falsas denuncias en casos de violencia contra las mujeres y de abuso sexual infantil


2025-12-04
https://www.oas.org/
Comunicado Comité de Expertas

El Comité de Expertas (CEVI) ha tenido conocimiento de que iniciativas legislativas que buscan incrementar las sanciones penales contra mujeres denunciantes de violencia basada en género o abuso sexual infantil, están siendo presentadas en diversos Estados Parte de la Convención de Belém do Pará, aun cuando este delito ya se encuentra tipificado y sancionado en los códigos penales vigentes. 

Washington, D.C., 4 de diciembre de 2025. El Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, “Convención de Belém do Pará” (MESECVI) expresa su profunda preocupación ante la creciente difusión en la región de discursos y propuestas normativas en torno a lo que se considera alta prevalencia y uso extendido de denuncias falsas en casos de violencia contra las mujeres y sus hijas e hijos, especialmente en contextos de violencia intrafamiliar y violencia sexual.

El Comité de Expertas (CEVI) ha tenido conocimiento de que iniciativas legislativas que buscan incrementar las sanciones penales contra mujeres denunciantes de violencia basada en género o abuso sexual infantil, están siendo presentadas en diversos Estados Parte de la Convención de Belém do Pará, aun cuando este delito ya se encuentra tipificado y sancionado en los códigos penales vigentes. El CEVI observa con preocupación que estas iniciativas, lejos de fortalecer la respuesta del Estado frente a la violencia, desincentivan las demandas legítimas de justicia, protección y reparación por parte de mujeres y de sus hijas e hijos, víctimas frecuentes en estos casos y, propician la impunidad y repetición de estos delitos, atentando contra sus derechos fundamentales.

Estas iniciativas suelen acompañarse de discursos públicos sustentados en estereotipos de género, difundidos ampliamente por los medios de comunicación, las plataformas digitales e incluso en espacios académicos. Sin embargo, el Comité de Expertas constata la ausencia de datos concretos y estudios fiables que sustenten la narrativa de una alta incidencia de denuncias falsas.

Asimismo, se observa con alarma que la difusión de estas narrativas se suma a otras figuras esgrimidas para deslegitimar denuncias de violencia contra las mujeres y sus hijas e hijos, como es el uso ilegítimo del llamado “síndrome de alienación parental” o conceptos similares. Prácticas ya señaladas por el Comité como parte del continuum de la violencia de género que se cierne sobre las mujeres y pueden generar responsabilidad estatal por violencia institucional1.

El Comité advierte que estas iniciativas representan un retroceso en la protección de los derechos y en la efectiva implementación de las obligaciones establecidas por la Convención de Belém do Pará, ya que estas narrativas contribuyen a poner en duda la credibilidad de la palabra de las mujeres, y de sus hijas e hijos víctimas de violencia, generando nuevas formas de revictimización, que limitan su acceso efectivo a la justicia y las exponen a posibles acciones penales en su contra.

El Comité recuerda que la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belém do Pará, consagra en su artículo 4 f) el derecho de toda mujer a igualdad de protección ante la ley y de la ley; así mismo a través del artículo 6, se establece que el derecho de toda mujer a una vida libre de violencia incluye, entre otros, el derecho a ser libre de toda forma de discriminación.

Asimismo reitera que, a través del artículo 7, incisos a) y e), los Estados convienen en abstenerse de cualquier acción o práctica de violencia contra la mujer y adoptar todas las medidas apropiadas, incluyendo medidas de tipo legislativo, para modificar o abolir leyes y reglamentos vigentes, o para modificar prácticas jurídicas o consuetudinarias que respalden la persistencia o la tolerancia de la violencia contra la mujer. Igualmente, el inciso f) del mismo artículo compromete a los Estados a establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a violencia.

En este sentido, el Comité de Expertas reitera que la Convención obliga a los Estados a eliminar normativas discriminatorias, erradicar estereotipos de género y actuar con debida diligencia para garantizar a las mujeres un acceso efectivo a la justicia. Y que, concorde a la Convención, los Estados Parte deben abstenerse de adoptar medidas o discursos que menoscaben la credibilidad de las víctimas o que obstaculicen sus denuncias, pues ello vulnera los compromisos asumidos al ratificar dicho tratado.

Por otra parte, en su Recomendación General No.6 sobre el uso de estereotipos que comprometen la integridad de los sistemas de justicia, este Comité subraya la importancia de que “los Estados garanticen que las denuncias y los casos de las mujeres sean tratados con seriedad y prontitud. El Estado debe demostrar manifiestamente respeto por la integridad y dignidad de las denunciantes. […] Los agentes del Estado deben tener cuidado de no aplicar indebidamente la ley de manera que se refuercen las jerarquías de género”.

Por todo lo anterior, el Comité de Expertas insta a los Estados Parte de la Convención de Belém do Pará a asegurar que cualquier iniciativa legislativa o política pública se ajuste plenamente a las obligaciones y estándares internacionales en materia de prevención, investigación y sanción de la violencia contra las mujeres. Asimismo, exhorta a reforzar los mecanismos institucionales de atención y acompañamiento, y a garantizar que las mujeres, niñas y niños puedan denunciar sin temor a consecuencias negativas.

Finalmente, el Comité de Expertas recomienda a los medios de comunicación, instituciones académicas y operadores de justicia a actuar con responsabilidad y perspectiva de género, contribuyendo a erradicar los estereotipos que perpetúan la impunidad y obstaculizan el derecho de las mujeres y niñas a acceder a la justicia en casos de violencia en su contra. *** El Comité de Expertas es el órgano técnico del MESECVI, responsable del análisis y evaluación del proceso de implementación de la Convención de Belém do Pará. Está integrado por Expertas independientes, designadas por cada uno de los Estados Parte entre sus nacionales, quienes ejercen sus funciones a título personal.

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1 Comité de Expertas del MESECVI y la Relatora Especial sobre la Violencia contra la Mujer de las Naciones Unidas expresan su preocupación por el uso ilegítimo de la figura del síndrome de alienación parental contra las mujeres. https://belemdopara.org/wp-content/uploads/2022/08/Comunicado-Alienacion-parental.pdf  

 

Fuente: https://www.oas.org/es/mesecvi/docs/Comunicado%20Falsas%20denuncias.pdf 

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