CIDH: Erradicar la violencia contra las mujeres requiere marcos normativos e institucionales de prevención, sanción y reparación
La CIDH sigue preocupada por la necesidad de avanzar en la implementación de leyes y políticas. La especificidad de la violencia basada en género, sus causas y consecuencias, debe ser reconocida para lograr un progreso sostenido en la implementación efectiva de leyes y políticas, y para evitar retrocesos.
25 de noviembre de 2024
Washington, D.C. - En el marco del Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) subraya la alarmante realidad de que el 25% de las mujeres en las Américas ha sufrido violencia física y/o sexual de parte de sus parejas, mientras que varios países informan un aumento en los casos de feminicidio. La CIDH insta a los Estados a continuar fortaleciendo los marcos legales e institucionales para prevenir, proteger y sancionar la violencia contra las mujeres, cumpliendo la Convención de Belém do Pará.
Según estimaciones de la OMS, el 15% de las mujeres en América del Norte y el 11% en América Latina y el Caribe han sufrido violencia sexual, a lo largo de su vida, por parte de una persona distinta a su pareja íntima. De acuerdo con ONU Mujeres, en América Latina y el Caribe, solo el 37% de las mujeres se sienten seguras al caminar solas por las calles de sus barrios durante la noche. Por su parte, las crisis de institucionalidad democrática, migratorias y relacionadas con el crimen organizado tienen un impacto diferenciado en las mujeres, exponiéndolas al riesgo de distintas manifestaciones de violencias.
Durante 2024, varios países de la región han experimentado retrocesos significativos en las políticas públicas para combatir la violencia de género, incluyendo la eliminación de ministerios y programas especializados, recortes presupuestarios y el desmantelamiento de enfoques de género en el sector público y judicial. Estos retrocesos incluyen intentos de limitar la credibilidad de los testimonios de víctimas, reducir los plazos para denunciar violencia y decisiones judiciales que relativizan la protección contra la violencia sexual hacia niñas y adolescentes. Además, persisten discursos oficiales que estigmatizan la defensa de los derechos de las mujeres y niegan la violencia estructural de género.
A su vez, la región ha experimentado avances, como políticas de despatriarcalización, promoción del liderazgo femenino en la construcción de paz, servicios especializados para mujeres en situación de violencia y programas de gestión de riesgos. En justicia, destacan protocolos de investigación con perspectiva de género, fallos judiciales que priorizan la atención a las mujeres y leyes que garantizan reparación integral a familiares de víctimas de feminicidio, fortaleciendo la respuesta estatal frente a la violencia de género.
La CIDH sigue preocupada por la necesidad de avanzar en la implementación de leyes y políticas. La especificidad de la violencia basada en género, sus causas y consecuencias, debe ser reconocida para lograr un progreso sostenido en la implementación efectiva de leyes y políticas, y para evitar retrocesos. La implementación requiere instituciones enfocadas en la violencia contra mujeres y niñas y en la igualdad de género, con presupuestos adecuados y encargadas de monitorear los avances para garantizar la rendición de cuentas.
La CIDH considera que la violencia contra las mujeres es un fenómeno multifacético, estructural y sistémico, que requiere transformaciones profundas en las representaciones culturales basadas en estereotipos de género. En este sentido, la Comisión destaca la importancia de que los Estados fortalezcan políticas públicas orientadas a la prevención, la protección de mujeres en situación de riesgo y la sanción efectiva de la violencia, con un enfoque normativo, institucional y cultural. Este esfuerzo debe incorporar de manera transversal la perspectiva de género en el diseño, implementación y seguimiento de políticas públicas en todos los órganos estatales, en cumplimiento de las obligaciones específicas de la Convención de Belém do Pará, adoptando además un enfoque interseccional y diferenciado para garantizar una respuesta integral a este fenómeno.
En particular, se necesitan enfoques urgentes para proteger a las niñas y adolescentes del abuso sexual y sus consecuencias, lo que incluye la debida diligencia en la investigación, el enjuiciamiento y la sanción, así como el acceso no discriminatorio y no estigmatizante a servicios integrales.
Finalmente, se destaca que la construcción y seguimiento de las políticas públicas para la protección de las mujeres debe contar con la debida participación social y liderazgo de las mujeres, con mecanismos eficientes de denuncia, así como la producción y el acceso a la información y la rendición de cuentas.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.
No. 292/24
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