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FISCALÍAS DEPARTAMENTALES IMPLEMENTAN UNIDADES DE CONCILIACIÓN EN BENEFICIO DE LA POBLACIÓN BOLIVIANA


2020-01-22
https://www.fiscalia.gob.bo/
Fiscalía General del Estado

El Director de la Fiscalía Especializada en Delitos Patrimoniales y Solución Temprana de la Fiscalía General del Estado, Cristhian Miranda Dávalos, informó que en el marco de la implementación de la Ley de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha Integral Contra la Violencia a Niñas, Niños, Adolescentes y Mujeres Nº 1173 el Ministerio Público implementó las Unidades de Conciliación en todas las Fiscalías Departamentales del país, mismas que ya muestran los primeros resultados positivos.

“En cumplimiento a la Ley Nº 1173 y con el objetivo de promover una cultura de paz, el Ministerio Público implementó las Unidades de conciliación a nivel nacional donde se aplica la conciliación como un medio alternativo para solucionar conflictos, de forma que las partes (víctima y/o denunciado) resuelven, mediante el acuerdo, el conflicto jurídico con la intervención o colaboración de un tercero que en este caso es tarea de los fiscales”, dijo Miranda.

Por su parte el Fiscal General del Estado, Juan Lanchipa Ponce, destacó que durante las primeras jornadas de trabajo de las Unidades de Conciliación ya se reflejan resultados positivos, tal es el caso en la ciudad de Cobija – Pando, donde se celebró un acuerdo conciliatorio referente a una denuncia por la presunta comisión de los delitos de Estafa y Estelionato por la entrega de un bien inmueble en calidad de anticrético a cambio de una suma de dinero.

“Producto de la audiencia conjunta entre víctima y denunciado, en presencia de la Fiscal Asistente Conciliadora, se logró realizar un acuerdo conciliatorio instantáneo, permitiendo restituir el patrimonio de la víctima y restaurar la relación de amistad que existía entre ambas partes”, detalló la autoridad.

Las Unidades de Solución Temprana están compuestas por un fiscal de materia, fiscales asistentes conciliadores quienes están a cargo del proceso conciliatorio y personal de apoyo.

Se aplica la conciliación como un medio alternativo para solucionar conflictos, de forma que las partes (víctima y/o denunciado) resuelven, mediante el acuerdo, el conflicto jurídico con la intervención o colaboración de un tercero que será tarea de los fiscales que promoverán la conciliación.

La Ley Nº 1173 plantea excepciones a la conciliación en hechos que tengan por resultado la muerte, que exista un interés público gravemente comprometido, vulneren derechos constitucionales y/o se trate de reincidentes o delincuentes habituales, también cuando se afecte al patrimonio del Estado. Asimismo, el Ministerio Público no promoverá la conciliación en delitos inmersos en la Ley Nº 348.

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