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Titulo  
Ley N° 2640 Resarcimiento Excepcional a Victimas de la Violencia Política en Periodos de Gobiernos Inconstitucionales
Instancia  
Presidencia
Tipo  
Politicas
Fecha Adopción  
0000-00-00
Fecha Promulgación  
2004-03-11
Alcance  
General
El resarcimiento de los daños ocasionados por la violencia política de los Gobiernos Inconstitucionales y usurpadores de la voluntad popular, comprende el periodo del 4 de noviembre de 1964 al 10 de octubre de 1982.
Cobertura  
Nacional
La norma se aplica en todo el territorio nacional respecto a los afectados.
Descripción  
De acuerdo a esta ley los hechos materia de resarcimiento dentro de la concepción de la violencia política, son los siguientes: a) Detención y prisión arbitraria; b) Tortura; c) Exilio o destierro; d) Lesiones e incapacidad calificadas; e) Muerte en el país o en el exterior por razones de violencia política; f) Desaparición forzada; g) Perseguido por razones político sindicales, conforme a Reglamento. Se cra además Se crea la Comisión Nacional para el Resarcimiento a Víctimas de la Violencia Política (CONREVIP), encargada para conocer, calificar y decidir sobre las solicitudes de las víctimas de la violencia política
Presupuesto  
3,6 Millones de Dólares Asignado
0 Ejecutado
Grado de Concordancia DIDH  
Plena
El derecho al resarcimiento por violaciones a los DDHH se encuentra ampliamentye desarrollado en la jurisprudencia
Documentos   
Descargar (ley_resarcimiento_a_victimas.pdf)