Recomendación |
Relativa a la recopilación de datos (2023) |
Sistema |
Universal |
Mecanismo |
Consejo de Derechos Humanos |
Fecha Examen |
2023-01-19 |
Tratado(s) Supervisado(s) |
Convención sobre los Derechos del Niño |
Recomendación(es) |
11. Si bien toma nota de las mejoras en la recopilación de información estadística relativa a los niños, en particular en el marco del Sistema de Información de Niñas, Niños y Adolescentes, al Comité le preocupa la lentitud en la aplicación de la Resolución Ministerial núm. 071/2016, de 3 de mayo de 2016, la escasa información de que se dispone actualmente y la falta de un sistema coordinado e integrado de estadísticas sobre la infancia con datos, indicadores e información completos y desglosados sobre la situación de los niños. El Comité recuerda su recomendación anterior y recomienda al Estado parte que: a) Facilite la coordinación intersectorial entre las instituciones públicas que recopilan datos sobre la infancia, en particular para facilitar el funcionamiento adecuado del Sistema de Protección de la Niña, Niño y Adolescente a todos los niveles; b) Vele por que se recopilen datos desglosados por edad, sexo, género, discapacidad, situación socioeconómica, nacionalidad, origen étnico, ascendencia indígena, contexto rural y urbano, situación migratoria y ubicación geográfica que abarque todas las esferas de la Convención; c) Vele por que se recopilen y analicen datos sobre la discriminación contra los niños, la salud mental de los niños, los niños de menor edad, los niños indígenas, los niños en modalidades alternativas de cuidado, la pobreza infantil, los niños en el sistema de justicia, los niños cuya nacionalidad se desconoce, la violencia contra los niños, el trabajo infantil, la trata y la explotación y el abuso sexual contra los niños; d) Aplique sin demora todos los módulos del Sistema de Información de Niñas, Niños y Adolescentes para generar información y pruebas en apoyo de las políticas públicas. |
Documentos |
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