Recomendación |
Relativo a la Administración de justicia (2022) |
Sistema |
Universal |
Mecanismo |
Comité de Derechos Humanos (CCPR) |
Fecha Examen |
2022-03-08 |
Tratado(s) Supervisado(s) |
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos |
Recomendación(es) |
Administración de justicia 26. El Comité observa con satisfacción que el Estado parte se encuentra trabajando en un proceso de reforma del sistema judicial. Sin perjuicio de ello, continúa preocupado por la situación del sistema de administración de justicia en el Estado parte, particularmente por los informes que señalan que durante el período en estudio, a pesar de las medidas adoptadas, la cobertura geográfica de los servicios de justicia continuó siendo inadecuada y se habrían continuado observando casos de injerencia política y corrupción en el Poder Judicial y el Ministerio Público, lo que afecta a su independencia. Asimismo, le preocupa la información sobre las elevadas tasas de provisionalidad de jueces y fiscales, lo que afecta a su inamovilidad; que el presupuesto asignado para la administración de justicia sea muy limitado y que no haya aumentado en los últimos años; y que el número de defensores públicos y su cobertura geográfica resulten inadecuados, aun cuando existan otras instancias que brinden servicios de defensa gratuita (arts. 2 y 14). 27. El Estado parte debe: a) Redoblar sus esfuerzos para asegurar y proteger la plena autonomía, independencia e imparcialidad de los jueces y fiscales y garantizar que su actuación esté libre de todo tipo de presiones e injerencias. Al respecto, debe acelerar el proceso de reforma del sistema de justicia, garantizando que se adecue plenamente a las obligaciones dimanantes del Pacto y cuente con la participación efectiva de todos los actores relevantes, incluida la sociedad civil; b) Tomar prontas y contundentes medidas para prevenir, combatir y sancionar con penas adecuadas los actos de corrupción, especialmente entre oficiales judiciales y policiales; c) Adoptar las medidas necesarias para corregir a la mayor brevedad posible las altas tasas de provisionalidad de jueces y fiscales, así como para asegurar que los procesos de selección, evaluación, disciplina y remoción se hagan de forma transparente por un órgano independiente y se basen en la ley y en criterios públicos y objetivos de idoneidad, mérito y antecedentes profesionales; d) Asegurar la plena cobertura geográfica del sistema de justicia, en particular en las zonas rurales, y que se le aignen recursos financieros, técnicos y de personal suficientes; e) Garantizar que el Servicio Plurinacional de Defensa Pública cuente con los recursos financieros, técnicos y de personal adecuados para llevar adelante su labor de manera oportuna, adecuada e idónea en todo el territorio. |
Documentos |
Descargar (9ccpr_c_bol_co_4_48263_s_marzo_2022.docx) |