Recomendación |
Relativo a la Igualdad entre el hombre y la mujer (2022) |
Sistema |
Universal |
Mecanismo |
Comité de Derechos Humanos (CCPR) |
Fecha Examen |
2022-03-08 |
Tratado(s) Supervisado(s) |
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos |
Recomendación(es) |
Igualdad entre el hombre y la mujer 8. El Comité acoge con satisfacción las medidas adoptadas en materia de igualdad de género y los resultados alcanzados en el ámbito del poder legislativo. Sin embargo, le preocupa que las mujeres aún no estén suficientemente representadas en puestos de toma de decisiones en los ámbitos ejecutivo y judicial en todos los niveles, y lamenta no haber recibido información sobre las medidas adoptadas para aumentar la representación de las mujeres en instancias decisoras del sector privado. Asimismo, nota con preocupación los numerosos casos de acoso y violencia política contra las mujeres registrados durante el período en estudio, y que haya habido solamente una condena (arts. 2, 3, 25 y 26). 9. El Estado parte debe: a) Intensificar sus esfuerzos para garantizar una igualdad efectiva entre hombres y mujeres en todos los ámbitos y en todo el país. En particular, debe tomar medidas concretas para aumentar la representación de las mujeres, incluidas las mujeres indígenas y afrodescendientes, en los puestos de adopción de decisiones de los ámbitos ejecutivo y judicial en todos los niveles, así como en puestos decisorios del sector privado; b) Redoblar sus esfuerzos para eliminar los estereotipos de género sobre el rol y las responsabilidades de los hombres y de las mujeres en la familia y en la sociedad; c) Acelerar el proceso de evaluación del Plan Multisectorial para el Avance de la Despatriarcalización y el Derecho de las Mujeres a Vivir Bien 2017-2020 y desarrollar un nuevo plan a la mayor brevedad posible, asegurándose de que se destinen los recursos suficientes para su adecuada implementación; d) Realizar mayores esfuerzos para garantizar la plena aplicación de la Ley Contra el Acoso y Violencia Política hacia las Mujeres; prevenir los casos de acoso y violencia política; garantizar la pronta y adecuada asistencia a las víctimas, así como los medios para su protección, en todo el territorio; que las denuncias sean investigadas de manera pronta, exhaustiva e imparcial; que los responsables sean enjuiciados y sancionados apropiadamente; y que las víctimas reciban reparación integral. |
Documentos |
Descargar (0ccpr_c_bol_co_4_48263_s_marzo_2022.docx) |