Recomendación |
Relativo a las Mujeres rurales y cambio climático (2022) |
Sistema |
Universal |
Mecanismo |
Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) |
Fecha Examen |
2022-06-23 |
Tratado(s) Supervisado(s) |
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer |
Recomendación(es) |
Mujeres rurales y cambio climático 31. El Comité celebra los progresos realizados por el Estado parte en la concesión de títulos de propiedad de la tierra a las mujeres rurales, así como los programas de acceso al agua, de mitigación de riesgos y sobre el cambio climático que benefician directamente a las mujeres rurales, como los programas Mi Agua y Más Inversión para Riego. Sin embargo, sigue preocupado por lo siguiente: a) La feminización de la pobreza y el limitado acceso de las mujeres rurales a los recursos agrícolas, como la tierra, el agua, el crédito, los servicios financieros y los insumos agrícolas, y su limitado control de dichos recursos; b) El limitado acceso de las mujeres y las niñas del medio rural a la justicia, los servicios de apoyo a las víctimas de la violencia de género contra la mujer, la educación, la tecnología de la información y las comunicaciones y la atención sanitaria; c) La escasa representación de las mujeres rurales en la adopción de decisiones sobre políticas agrícolas y en los puestos de liderazgo, incluso a nivel local. 32. De conformidad con sus recomendaciones generales núm. 34 (2016), sobre los derechos de las mujeres rurales, y núm. 37 (2018), sobre las dimensiones de género de la reducción del riesgo de desastres en el contexto del cambio climático, el Comité recomienda que el Estado parte: a) Luche contra la pobreza de las mujeres rurales asegurando su acceso al agua y el saneamiento adecuados, la propiedad y el uso de la tierra, el crédito, los servicios financieros y los insumos agrícolas, así como su acceso a la justicia, los servicios de apoyo a las víctimas, la educación, la tecnología de la información y las comunicaciones, el empleo formal y la atención sanitaria; b) Integre la perspectiva de género en sus políticas agrícolas y garantice la participación efectiva de las mujeres rurales en la toma de decisiones sobre políticas agrícolas y en los puestos de liderazgo, en particular a nivel local. |
Documentos |
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