Recomendación |
Relativa a Condiciones de trabajo (2021) |
Sistema |
Universal |
Mecanismo |
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR) |
Fecha Examen |
2021-10-06 |
Tratado(s) Supervisado(s) |
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales |
Recomendación(es) |
El Comité recomienda al Estado parte: a) Desarrollar acciones a fin de promover la estabilidad laboral de las mujeres, reducir la brecha salarial, prevenir y sancionar el hostigamiento laboral y la discriminación en el trabajo y promover la conciliación de la vida laboral y familiar. El Comité también insta al Estado a supervisar las condiciones de empleo de las trabajadoras del hogar y garantizarles el acceso a recursos efectivos frente a abusos o explotación; b) Intensificar sus esfuerzos para eliminar toda explotación laboral que afecte a la población indígena, así como las peores formas de trabajo infantil, generando datos desagregados e incrementando el número de inspecciones para identificar estas situaciones en lugares de difícil acceso; c) Implementar una política que promueva el acceso de las personas con discapacidad a un trabajo decente en un mercado inclusivo y supervisar el cumplimiento de la provisión de ajustes razonables en el lugar de trabajo; d) Tomar como referencia su observación general núm. 23 (2016), relativa al derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias. |
Documentos |