Recomendación |
Relativa a las Salvaguardas legales fundamentales (2021) |
Sistema |
Universal |
Mecanismo |
Comité contra la Tortura (CAT) |
Fecha Examen |
2021-11-26 |
Tratado(s) Supervisado(s) |
Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes |
Recomendación(es) |
El Comité recomienda al Estado parte adoptar medidas eficaces para garantizar que las personas detenidas cuenten en la práctica con todas las salvaguardias fundamentales desde el inicio mismo de la privación de libertad, entre ellas, los derechos a ser informado de los motivos de la detención y de la naturaleza de los cargos que se le imputan; a informar con prontitud de su detención y del lugar de detención a un familiar o a un tercero; a requerir y tener acceso inmediato a un médico independiente, aparte de cualquier examen médico que pueda realizarse a petición de las autoridades; los derechos a ser asistidos sin demora por un abogado y a recibir asistencia letrada gratuita de calidad en caso de necesidad. El Estado parte debe también: a) Fortalecer el Servicio Plurinacional de Defensa Pública, garantizando un número suficiente de defensores públicos, con preparación y remuneración adecuada, con mayor presencia en áreas rurales, y una defensa técnica especializada para niñas, niños y adolescentes; b) Establecer un sistema uniforme de registro de personas privadas de libertad, alertas informáticas sobre vencimientos de términos de las prisiones preventivas y cumplimientos de penas, e instruir a los directores de los centros penales a dar cumplimiento de la Ley núm. 2298, manteniendo actualizados los registros. El Comité además recomienda asegurar, mediante controles e inspecciones, el correcto registro de los privados de libertad, en estaciones de policía y centros penitenciarios; c) Velar por el respeto de las salvaguardias legales fundamentales de las personas privadas de libertad, sancionando a los agentes de las fuerzas del orden que incurran en su incumplimiento. |
Documentos |
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