Recomendación |
Relativa a la libertad de expresión (2020) |
Sistema |
Universal |
Mecanismo |
Consejo de Derechos Humanos |
Fecha Examen |
2019-11-05 |
Tratado(s) Supervisado(s) |
Todos los tratados |
Recomendación(es) |
115.72 Adoptar medidas concretas para proteger a los defensores de los derechos humanos del hostigamiento y la intimidación. El Estado Plurinacional de Bolivia debe velar por que los defensores de los derechos humanos, incluidos los representantes indígenas, tengan derecho a la libertad de expresión y a desarrollar el sistema de justicia indígena originario campesino (Finlandia); 115.79 Eliminar toda forma de presión, seguimiento y vigilancia de los reporteros y periodistas, especialmente aquellos considerados afines a la oposición (Croacia); 115.80 Asegurarse de que los periodistas y trabajadores de los medios de comunicación puedan ejercer plenamente su derecho a la libertad de expresión sin intimidación ni hostigamiento (Israel); 115.81 Garantizar la independencia de los medios de comunicación y el respeto de la libertad de expresión (Luxemburgo); 115.82 Reformar la legislación en consonancia con las normas internacionales de libertad de expresión, garantizar un entorno seguro y propicio a las organizaciones no gubernamentales y los defensores de los derechos humanos, e instituir un marco legislativo y operativo para proteger a los periodistas (Chequia); 115.84 Garantizar la libertad de asociación, expresión y opinión, así como la libertad de prensa, consolidando la independencia y los recursos de los mecanismos de presentación de denuncias y levantando las presiones tributarias que pesan sobre ellos (Francia); 115.85 Velar por que toda modificación del Código Penal esté libre de obstáculos a la libertad religiosa de los cristianos (Haití); |
Documentos |
Descargar (21informe_grupo_de_trabajo4.pdf) |