Recomendación |
Relativa a la protección de defensores de los derechos humanos (2020) |
Sistema |
Universal |
Mecanismo |
Consejo de Derechos Humanos |
Fecha Examen |
2019-11-05 |
Tratado(s) Supervisado(s) |
Todos los tratados |
Recomendación(es) |
115.69 Avanzar en la aplicación de una política pública, un marco normativo y mecanismos operativos de protección de los defensores de los derechos humanos y dar reconocimiento público a su labor (España); 115.70 Adoptar medidas administrativas, judiciales y legislativas para proteger a los defensores de los derechos humanos contra las agresiones, la intimidación y la represión, en particular por parte de las autoridades del Gobierno (Australia); 115.71 Adoptar políticas gubernamentales que creen un entorno seguro y respetuoso para la labor de los defensores de los derechos humanos, especialmente las defensoras mujeres y los defensores del medio ambiente (Bélgica); 115.72 Adoptar medidas concretas para proteger a los defensores de los derechos humanos del hostigamiento y la intimidación. El Estado Plurinacional de Bolivia debe velar por que los defensores de los derechos humanos, incluidos los representantes indígenas, tengan derecho a la libertad de expresión y a desarrollar el sistema de justicia indígena originario campesino (Finlandia); 115.73 Fomentar un entorno en el que los defensores de los derechos humanos puedan realizar libremente su legítima labor en materia de derechos humanos y reconocer públicamente a los defensores de los derechos humanos como actores legítimos y esenciales de la sociedad (Islandia); 115.74 Avanzar en la adopción de medidas para asegurar la protección de los defensores de los derechos humanos (Chile); 115.75 Velar por que los defensores de los derechos humanos y los derechos ambientales, incluidos los que critican las políticas y opiniones del Gobierno, puedan realizar sus actividades sin sufrir intimidación (Suecia); |
Documentos |
Descargar (22informe_grupo_de_trabajo4.pdf) |