Recomendación |
Relativa a las Mujeres del medio rural (2015) |
Sistema |
Universal |
Mecanismo |
Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) |
Fecha Examen |
2015-07-14 |
Tratado(s) Supervisado(s) |
Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer |
Recomendación(es) |
33. El Comité recomienda que el Estado parte: a) Asegure que las mujeres de las zonas rurales tengan el mismo acceso a la tierra que los hombres mediante, entre otras cosas, actividades de sensibilización dirigidas a ellas y al público en general sobre la importancia del acceso en pie de igualdad de la mujer a la tierra como factor de desarrollo y para lograr la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres; b) Vele por la protección de los intereses de las comunidades locales, incluidos los de las mujeres de las zonas rurales, cuando formule políticas agrarias y asigne tierras, y garantice el acceso a la propiedad de los usuarios tradicionales de la tierra; y c) Asegure que las mujeres de las zonas rurales tengan acceso, en un pie de igualdad con los hombres y las mujeres que viven en zonas urbanas, a los servicios e infraestructura básicos, como la atención de la salud, la educación, el transporte público, la alimentación, el agua y el saneamiento, las oportunidades de generación de ingresos y la protección social mediante, entre otras cosas, la adopción de medidas especiales de carácter temporal, de conformidad con el artículo 4 1) de la Convención y la recomendación general núm. 25 del Comité. |
Documentos |
Descargar (12informe_comite_cedaw_bolivia_2015_oficial-1.docx) |