Recomendación |
Relativa a la prevención y combate de la violencia contra las mujeres (2014) |
Sistema |
Universal |
Mecanismo |
Consejo de Derechos Humanos |
Fecha Examen |
2014-10-30 |
Tratado(s) Supervisado(s) |
Todos los tratados |
Recomendación(es) |
113. Las recomendaciones formuladas durante el diálogo interactivo/listado abajo han sido examinadas por Bolivia (Estado Plurinacional de) y cuentan con el apoyo de Bolivia (Estado Plurinacional de): 113.29. Estrechamente siga los consejos en las resoluciones pertinentes de la Asamblea General de Naciones Unidas (AGNU) en sus esfuerzos para prevenir y combatir la violencia contra las mujeres y los niños (Tailandia); 113.40. Abordar el tema de la violencia en las escuelas como cuestión prioritaria y tomar las medidas necesarias para poner fin a todas las formas de malos tratos y abusos, incluida la violencia sexual, cometida en las escuelas, incluyendo las medidas necesarias para proteger a las víctimas y garantizar que los responsables sean llevados ante la justicia (Portugal); 114. Las recomendaciones a continuación cuentan con el apoyo de Bolivia (Estado Plurinacional de) que considera que ya se aplican o se encuentran en proceso de ejecución: 114.9. Introducir cuestiones de igualdad de género, así como la discriminación y la no violencia debido a la identidad de género y orientación sexual en los programas de educación, en las regulaciones de la escuela y en la capacitación de maestros (Colombia); 114.79. Fortalecer e incrementar los esfuerzos actuales, incluso mediante la cooperación internacional, destinada a proteger los derechos de los niños y las mujeres, con particular énfasis en combatir la violencia contra las mujeres y la exclusión social, en consonancia con los instrumentos internacionales de los que Bolivia es parte (Brasil); 114.83. Aprobar las asignaciones presupuestarias adecuadas y recursos para la protección de las mujeres y programas de las mujeres, particularmente en las áreas de justicia, salud e igualdad de oportunidades (España); 114.84. Continuar sus esfuerzos para lograr la igualdad de género y combatir la discriminación contra la mujer en la legislación y la práctica (Pakistán); 114.88. Implementar de la manera más amplia la ley 348 en garantizar una vida libre de violencia para las mujeres (Sudáfrica); 114.89. Intensificar los esfuerzos para prevenir la violencia contra las mujeres, especialmente la violencia doméstica y sexual (Montenegro); 114.90. Proseguir los esfuerzos con respecto a la lucha sobre la violencia contra la mujer (Marruecos); 114.91. Continuar implementando políticas para proteger a las mujeres contra la violencia y promover la igualdad de género (Singapur); 114.92. Continuar sus esfuerzos para superar los sistemas que alientan las brechas y aplicar disposiciones para atender la violencia de género, investigaciones exhaustivas e imparciales sobre todas las quejas de violencia basada en género (Eslovenia); 114.93. Tome todas las medidas necesarias para garantizar el acceso efectivo a la justicia a las víctimas de la violencia de género (Bélgica); 114.94. Proporcionar recursos suficientes a las instituciones responsables de implementar la ley 348, la legislación que garantiza a las mujeres una vida libre de violencia, con el fin de mejorar el acceso a la justicia y para asegurar la responsabilidad en los casos de violencia contra la mujer (Canadá); 114.95. Tome medidas concretas para luchar contra la violencia contra la mujer (Francia); 114.96. Adoptar medidas eficaces para seguir aplicando el marco normativo para combatir la violencia contra la mujer, incluso mediante la asignación de recursos suficientes para la construcción de refugios para las víctimas (República de Corea); 114.97. Implementar medidas integrales para eliminar la violencia contra las mujeres y el abuso sexual de niños (Sierra Leona); 114.98. Reforzar instancias establecidas por la ley para combatir la violencia contra las mujeres y poner en marcha un sistema para la protección, prevención y sanción efectiva, a favor de las mujeres víctimas de violencia (Suiza); 114.99. Establecer más instrumentos administrativos y destinar más fondos con miras a la aplicación efectiva de las legislaciones sobre la lucha contra la violencia contra la mujer (Viet Nam); 114.100. Emprender campañas de sensibilización para sensibilizar a las autoridades policiales y el poder judicial sobre la violencia contra mujeres y niñas, en el marco de la nueva ley 348 "La Ley Integral de Garantizar una Vida Libre de Violencia para las mujeres" (Bélgica); 114.101. Implementar efectivamente el nuevo marco legal para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia, proporcionando todos los recursos necesarios para implementar programas para la atención de las víctimas y llevar a cabo actividades de capacitación sobre violencia y discriminación contra la mujer (Chile); 114.102. Reforzar las medidas para prevenir la violencia contra las mujeres, en particular creando conciencia sobre el hecho de que la discriminación y la violencia contra las mujeres es inaceptable y aplicar una legislación sobre la violencia contra las mujeres y las niñas. Hacer más esfuerzos para crear un registro unificado sobre la violencia contra la mujer (Croacia); 114.103. Establecer refugios y proporcionar más servicios sociales para las víctimas de violencia doméstica (República Checa); 114.104. Asegure los recursos necesarios para la aplicación efectiva de la ley contra el maltrato de las mujeres, en particular mediante el fortalecimiento de la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia (FELCV) policía para combatir la violencia basada en género para que pueda cumplir su mandato (Dinamarca); 114.105. Implementar efectivamente las disposiciones de la ley que combate la violencia de género (Israel); 114.106. Rápidamente adoptar legislación de aplicación necesaria para asegurar la eficaz prevención de la violencia contra la mujer y el castigo de los delincuentes (Italia); 114.107. Implementar políticas para abordar integralmente los problemas que enfrentan las mujeres sobre violencia, trabajo, actividad política y acceso a justicia (Costa Rica); 114.108. Crear herramientas para la atención efectiva de la violencia doméstica (Israel); 114.109. Establecer sin más demora refugios para proteger a mujeres y niñas de la violencia e implementan efectivamente la legislación ya aprobada (Austria); 114.110. Continuar con las medidas destinadas a combatir la violencia de género, con especial énfasis en la investigación y sanción de los responsables (Argentina); |
Documentos |
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