Recomendación |
Relativa a la violencia contra la mujer (2013) |
Sistema |
Universal |
Mecanismo |
Comité contra la Tortura (CAT) |
Fecha Examen |
2013-05-30 |
Tratado(s) Supervisado(s) |
Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes Protocolo Facultativo de la Convención |
Recomendación(es) |
Violencia contra la mujer 15. Si bien toma nota de los recientes avances en el plano normativo, el Comité expresa su preocupación por los informes recibidos sobre la persistencia de la violencia de género en el Estado parte, particularmente la violencia doméstica y sexual, que en muchos casos sigue sin denunciarse. El Comité lamenta que, pese a las informaciones sobre numerosos actos de violencia de género, incluidos casos de feminicidio, el Estado parte no haya facilitado los datos estadísticos solicitados sobre el número de denuncias, condenas y sanciones impuestas durante el periodo en examen, ni sobre la incidencia de este fenómeno respecto de las mujeres indígenas y afrobolivianas (arts. 1, 2, 4, 12, 13 y 16). El Comité insta al Estado parte a: a) Investigar, enjuiciar y castigar a los autores de tales actos; b) Adoptar medidas eficaces para facilitar la asistencia de las víctimas en la formulación y presentación de denuncias; c) Asegurar la protección efectiva de las víctimas garantizando el acceso a centros de acogida y servicios de asistencia sanitaria; d) Acelerar la creación de los juzgados de instrucción de violencia de género en aplicación de la Ley Integral Nº 348; e) Reforzar las actividades de concienciación y educativas sobre la violencia de género, dirigidas tanto a funcionarios que tengan contacto directo con las víctimas como al público en general; f) Proporcionar información detallada sobre los casos de violencia contra la mujer ocurridos durante el periodo en examen, incluyendo datos desagregados sobre el número de denuncias, investigaciones, enjuiciamientos, sentencias dictadas y medidas de reparación otorgadas a las víctimas. |
Documentos |
Descargar (4cat_2013.pdf) |