Recomendación |
Relativa a la denuncia de tortura y malos tratos (2013) |
Sistema |
Universal |
Mecanismo |
Comité contra la Tortura (CAT) |
Fecha Examen |
2013-05-30 |
Tratado(s) Supervisado(s) |
Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes Protocolo Facultativo de la Convención |
Recomendación(es) |
Denuncias de tortura y malos tratos 10. De acuerdo con los datos facilitados por el Estado parte, la Policía Boliviana atendió 42 casos individuales de vejaciones y torturas (Código Penal, art. 295) relativos a 28 hombres y 14 mujeres entre 2001 y 2012, mientras que la Fiscalía General del Estado registró 36 denuncias —31 hombres y 5 mujeres— entre marzo de 2006 y febrero de 2013. Por su parte, la Dirección General del Régimen Penitenciario sólo tuvo conocimiento de cuatro casos individuales de tortura o malos tratos a menores varones en el Centro de Rehabilitación de Qaluama (Viacha), durante el periodo en examen. Estos datos contrastan con la información aportada por la Defensoría del Pueblo, que en su informe al Comité señala haber atendido entre 2007 y 2012 un total de 3.784 quejas por tortura o malos tratos que dieron lugar a la adopción de 91 resoluciones por esta institución (arts. 2, 12, 13 y 16). El Estado parte debe establecer un mecanismo de queja específico e independiente que permita recibir las denuncias de tortura y malos tratos para que puedan ser examinadas sin demora y de forma imparcial. Además, debe revisar la eficacia del sistema de denuncia interno a disposición de las personas privadas de libertad. El Comité reitera su anterior recomendación (párr. 97, inc. e) en la que instaba al Estado parte a establecer un registro centralizado y público de denuncias por tortura que incluya información sobre las correspondientes investigaciones, enjuiciamientos y sanciones penales o disciplinarias. |
Documentos |
Descargar (1cat_2013.pdf) |