Recomendación |
Relativa al trabajo infantil (2013) |
Sistema |
Universal |
Mecanismo |
Comité de Derechos Humanos (CCPR) |
Fecha Examen |
2013-10-14 |
Tratado(s) Supervisado(s) |
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos |
Recomendación(es) |
23. A pesar de reconocer los esfuerzos del Estado parte para combatir el trabajo infantil, preocupa al Comité la persistencia de este fenómeno, así como la ausencia de información sobre medidas para combatir la explotación sexual de menores (art. 8 y 24). El Estado parte debe redoblar sus esfuerzos para asegurar la aplicación efectiva del marco legislativo y normativo en materia de erradicación del trabajo infantil y explotación sexual de menores, y velar para que las infracciones de esas leyes sean efectivamente investigadas, enjuiciadas y sancionadas. El Estado debe adoptar además estrategias sostenibles para el fortalecimiento de las familias vulnerables a este tipo de prácticas y reforzar las campañas de sensibilización. |
Documentos |
Descargar (18ccpr_c_bol_co_3_es_recomendaciones_finales_2013.pdf) |