Recomendación |
Relativa a la Trata y Tráfico de Personas (2013) |
Sistema |
Universal |
Mecanismo |
Comité de Derechos Humanos (CCPR) |
Fecha Examen |
2013-10-14 |
Tratado(s) Supervisado(s) |
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos |
Recomendación(es) |
17. Si bien reconoce los esfuerzos realizados por el Estado para luchar contra la trata de personas, el Comité expresa su preocupación por los informes que muestran un escaso número de enjuiciamientos. Al Comité le preocupa, asimismo, que los protocolos de prevención, protección y rehabilitación de las víctimas todavía no hayan sido implementados (art. 7, 8). El Estado parte debe velar por la aplicación efectiva del marco jurídico y normativo en vigor contra la trata y tráfico de personas en todos los niveles del Estado, dotándolo de los recursos necesarios, y compilar datos desglosados sobre la magnitud de este fenómeno. El Estado debe, asimismo, garantizar que las denuncias de esas prácticas sean investigadas, que los responsables comparezcan ante la justicia y sean condenados con penas adecuadas y que las víctimas reciban protección en centros de atención integral, asistencia jurídica gratuita y una reparación que incluya su rehabilitación. El Estado debe llevar a cabo campañas de prevención y sensibilización de la población respecto a los efectos negativos de la trata y tráfico de personas. |
Documentos |
Descargar (11ccpr_c_bol_co_3_es_recomendaciones_finales_2013.pdf) |