Titulo |
Política de vivienda vinculada a varios servicios |
Organo |
Tribunal Constitucional Plurinacional |
Fecha Emisión |
2012-06-21 |
Descripción |
Por otro lado, hablar del derecho a la vivienda desde la mirada del máximo intérprete de la Constitución, se ha establecido en la SCP 0426/2012 de 22 de junio de 2012, que implica una obligación de política fiscal vinculada a la dotación de una serie de servicios: “(…) Sin embargo, su análisis y tratamiento no debe circunscribirse sólo a dicho articulado sino guarda relación con los arts. 20, 33 y 321. II de la propia CPE, que indican que toda persona tiene derecho al acceso universal y equitativo a los servicios básicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario y a un medio ambiente saludable, protegido y equilibrado, definiéndose como política fiscal la vivienda. Concluyéndose así que la naturaleza profundamente humana del derecho a la vivienda, hace que su alcance sea: 1. La protección legal contra actos injustificados de desalojo. 2. Acceso a servicios de agua potable, sanitarios, electricidad y gas domiciliario, extensible a los materiales, equipamiento e infraestructura necesaria. 3. El costo accesible, incluso mediante subsidios para vivienda, y protección contra arrendatarios que se excedan. 4. La habitabilidad, incluida la protección contra el frío, la humedad, el calor, la lluvia, el viento y las enfermedades. 5. El acceso fácil para los grupos desfavorecidos, incluidas las personas ancianas, los niños, las personas con discapacidades físicas y las víctimas de catástrofes naturales. 6. Estar alejado de fuentes de contaminación cercanos a los servicios básicos. |
Documentos |