Titulo |
Disposiciones para proteger a los trabajadores del sector salud y a los pacientes |
Organo |
Comisión Interamericana de Derechos Humanos |
Fecha Emisión |
2006-00-00 |
Descripción |
Finalmente, en este acápite se considera ilustrativo presentar algunos de los casos en los que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha intervenido para proteger a los trabajadores del sector salud y a los pacientes de un daño irreparable a sus derechos a través de amenazas directas a su integridad física. Frecuentemente, las amenazas correspondían a represalias directas por la labor de la víctima en el sector salud o a un esfuerzo por prevenir el acceso del paciente a los servicios asociados al sector salud. La Comisión también ha otorgado medidas cautelares para proteger el derecho de acceso a los servicios de salud por parte de víctimas de agresiones amenazados con nuevos ataques, frecuentemente garantizando su libertad de movimiento entre sus hogares y las clínicas de salud. Por ejemplo en Colombia, la Comisión otorgó medidas cautelares para proteger a 46 trabajadores de salud de un hospital en Puerto Lleras y, posteriormente en el 2002, otros 22 trabajadores de salud de otros tres hospitales en zonas de conflicto. En ambos casos los trabajadores de salud habían sido amenazados de muerte debido a sus actividades en salud, las cuales eran consideradas por sus atacantes, como ayudando a la insurgencia. También en materia de salud la Comisión ha otorgado medidas cautelares en casos de inadecuada provisión de servicios de salud en ambientes donde se priva de la libertad a las personas, principalmente en contextos de prisiones, pero también en otros ambientes como en hospitales psiquiátricos. La Comisión ha otorgado nueve grupos de medidas cautelares de parte de los internos de prisiones que necesitaban de tratamiento especializado en Cuba, Jamaica, Perú y Guatemala. Frente a información creíble de que se estaba negando tratamiento a los pacientes enfermos, la Comisión ha pedido a los Estados que transfieran a sus internos respectivos a hospitales que se especialicen en el tipo de padecimiento físico sufrido y que otorguen asistencia médica especializada, a ser administrada en colaboración por un médico seleccionado por la familia del beneficiario. En otros casos, la Comisión ha solicitado que los internos detenidos reciban tratamiento y exámenes médicos, también, que se ponga un remedio a las condiciones y a las instalaciones insalubres de internación que causan o exacerban la enfermedad, como señala en su Informe Anual: “28. La CIDH solicitó al Estado cubano la adopción de las siguientes medidas cautelares: 1) El traslado del recluso Jorge Luis Pérez-Antúnez a un centro hospitalario especializado en el tipo de dolencia física que padece. 2) Otorgar la asistencia médica especializada al recluso, la cual deberá ser efectuada en coordinación con el médico que la familia del recluso disponga. (…) la CIDH tuvo conocimiento que el recluso Jorge Luis García Pérez-Antúnez fue trasladado al Hospital de La Habana donde recibió tratamiento especializado y luego transferido a la prisión de El Combinado del Este, ubicado también en la capital”. En diciembre del 2003 la Comisión ordenó medidas cautelares en favor de 460 pacientes del Hospital Neuropsiquiátrico de Paraguay, los cuales estaban viviendo en condiciones inhumanas y degradantes. Por último señalar que al 2002 la Comisión ha otorgado medidas cautelares para 400 personas conVIH-SIDA en diez Estados Miembros de la OEA. En casi todos estos casos, solicitó a los Estados que otorguen a los beneficiarios los “exámenes médicosy el tratamiento indispensables para su supervivencia”. En algunos casos especificaba que: “32. esto debe de incluir el tratamiento comprensivo y los medicamentosantiretrovirales necesarios para prevenir la muerte, así como elcuidado hospitalario, farmacológico y nutricional necesitados para fortalecersus sistemas inmunológicos y prevenir el desarrollo de infecciones”. |
Documentos |