Titulo |
Deberes de los médicos y deberes y derechos de los pacientes |
Organo |
Tribunal Constitucional |
Fecha Emisión |
2011-10-10 |
Descripción |
El Tribunal Constitucional en la SC 1426/2011-R de 10 de octubre de 2011 ha desarrollado un conjunto deberes de los médicos hacia los pacientes y también los derechos y deberes de estos últimos, los que se mencionan a continuación: “III.2. De los deberes del médico Los médicos, al momento de empezar a ejercer la profesión, prestan el juramento hipocrático, el cual los compromete a servir a las personas de cualquier condición social o económica que tenga como circunstancial paciente. Por otra parte tienen deberes que cumplir, deberes que se originan por mandato de la ley, convenios internacionales, por funciones específicas de reglamentos internos y otros; que hacen directamente a su trabajo y desempeño profesional, tanto en entidades públicas como privadas. Con respecto a sus deberes, indudablemente está el de la responsabilidad médica, que tiene que ver con el resultado del desempeño laboral de los galenos. Entre otros deberes están aquellos consagrados en el Código Internacional de Ética Médica adoptado por la 3ª Asamblea General de la Asociación Médica Mundial (AMM) Londres, Inglaterra, enmendado por la 22ª Asamblea Médica Mundial Sydney, Australia, la 35ª Asamblea Médica Mundial Venecia y la Asamblea General de la AMM, Pilanesberg, Sudáfrica, octubre 2006, que contiene los deberes de los médicos en general, de los cuales destacamos los siguientes: - Aplicar su opinión profesional independiente y mantener el más alto nivel de conducta profesional. - Respetar el derecho del paciente competente a aceptar o rechazar un tratamiento, - No permitir que su opinión sea influenciada por beneficio personal o discriminación injusta. - Dedicarse a proporcionar un servicio médico competente, con plena independencia profesional y moral, con compasión y respeto por la dignidad humana. - Tratar con honestidad a pacientes y colegas, e informar a las autoridades apropiadas sobre los médicos que practiquen en forma anti ética e incompetente o a los que incurran en fraude o engaño. - Respetar los derechos y preferencias del paciente, de los colegas y de otros profesionales de la salud. - Buscar atención y cuidados apropiados si sufre una enfermedad mental o física. - Respetar los códigos de éticas locales y nacionales. - Recordar siempre la obligación de respetar la vida humana. - Considerar lo mejor para el paciente cuando preste atención médica. - Brindar a sus pacientes toda su lealtad y todos los recursos científicos disponibles para ellos. Cuando un examen o tratamiento sobrepase su capacidad, el médico debe consultar o derivar a otro médico calificado en la materia. La actividad médica en Bolivia, está regulada por la Ley del Ejercicio Profesional al Médico, que en su art. 12 establece que tienen los siguientes deberes: - Cumplir con los principios éticos de la Declaración de Ginebra, aprobados por la Asociación Médica Mundial. - Respetar el consentimiento expreso del paciente, cuando rechace el tratamiento u hospitalización que se le hubiere indicado. - Guiarse por protocolos oficiales cumpliendo con normas técnicas establecidas por el Ministerio del área de Salud. - En caso de urgencia ningún médico, centro de salud, hospital o clínica podrá negar su atención básica. - Brindar atención cuando una persona se encuentre en peligro inminente de muerte aún sin el consentimiento expreso. - Otorgar los beneficios de la medicina a toda persona que los necesite, sin distinción alguna y sin más limitaciones que las señaladas por Ley. Los médicos por la inobservancia u omisión de estas normas, y por efecto de la mala praxis o negligencia médica, a parte de ser acreedores de alguna sanción administrativa que se les pudiere imponer, también son pasibles a otro tipo de sanciones, emergentes de la responsabilidad civil y penal que se pueda determinar en su contra; razones por las cuales estos profesionales de la salud, deben de ser cuidadosos, meticulosos y responsables con su trabajo, pues están responsabilizándose de vidas humanas, de personas que tienen familias, obligaciones y derechos, sobre todo el derecho a la vida y a la salud. III.3. De los derechos y deberes del paciente Sin duda los pacientes son objeto de derechos, pero también de obligaciones, esto con el fin de crear equilibrio en la relación -paciente médico- pues es necesario que las partes intervinientes en esta relación cuyo génesis es la necesidad humana de vivir al estar sano física y psicológicamente, esté libre de cualquier mal entendido, agravio o abuso que pudiere afectar tanto al paciente como al galeno. El art. 13 de la Ley del Ejercicio Profesional al Médico establece una serie de derechos de los cuales son titulares los pacientes, entre los que destacan: - Recibir atención médica humanizada y de calidad. - La dignidad como ser humano y el respeto a sus creencias y valores étnicos culturales. - Reclamar y denunciar si considera que sus derechos humanos han sido vulnerados durante la atención médica. - Disponer de un horario y tiempo suficiente para una adecuada atención. - Respeto a su intimidad. - Trato justo y equitativo sin desmedro de su condición socioeconómica, étnico cultural, de género y generacional”. |
Documentos |