Titulo |
Expulsión discriminatoria de estudiantes con VIH SIDA |
Organo |
Tribunal Constitucional |
Fecha Emisión |
2010-08-27 |
Descripción |
Una remarcable sentencia sobre éste particular, fue proferida por el Tribunal Constitucional en liquidación mediante la SC 1112/2010, de 27 de agosto de 2010, en la cual manifestó que: “(…) la baja por enfermedad con el VIH/SIDA significa un acto discriminatorio, prohibido por el art. 14.II de la CPE cuando establece: “El Estado prohíbe y sanciona toda forma de discriminación fundada en razón de sexo, (…), u otras que tengan por objetivo o resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos de toda persona”, entre estas otras está la discriminación en razón de enfermedad, por cuanto se le priva al ser humano del goce y ejercicio, en condiciones de igualdad de sus derechos reconocidos en la Constitución Política del Estado, en el presente caso el derecho a una educación, que le permita al accionante adquirir una profesión, y a través de ésta, lograr condiciones mínimas de subsistencia para vivir bien y con dignidad. Consecuentemente, el Director demandado, al impedir el retorno del accionante a proseguir con sus estudios, no solo vulneró el derecho a la educación, sino como resultado de esta a las prestaciones que brinda la seguridad social, más cuando los informes médicos de COSSMIL dan cuenta que “se encuentra en buenas condiciones mentales de salud por lo que está apto para realizar trabajos intelectuales y de estudio”; por lo que amerita otorgar la tutela solicitada”. |
Documentos |