Titulo |
Elementos del derecho a la Educación |
Organo |
Tribunal Constitucional |
Fecha Emisión |
2010-00-00 |
Descripción |
En lo que hace a algunos de los elemento del derecho a la educación, el órgano de control de constitucionalidad señaló, en la SC 0286/2010 de 07 de junio de 2010, respecto a la educación en uno de sus niveles que: “En consideración a que, los destinatarios finales de la educación a ser impartida en Universidades públicas como privadas, son los cientos de estudiantes que acuden a estas instituciones a adquirir instrucción a un nivel superior; por lo tanto, siendo tuición primordial y principal del Estado la educación que se encuentra prevista en la Constitución Política del Estado en los arts. 77.II y 94.I, su deber es precautelar que esa función no se limite a su enunciación, sino que se efectivice en un control de calidad, eficacia y eficiencia; en consecuencia, en lo referente a educación superior, el nuevo texto constitucional expresamente señala que las universidades privadas se regirán por las políticas, planes, programas y autoridades del sistema educativo; su funcionamiento será autorizado mediante decreto supremo, previa verificación del cumplimiento de las condiciones y requisitos precisados por la ley”. Posteriormente, de forma más general, la SCP 0080/2012, de 16 de abril de 2012, manifestó que: “En la publicación, “El derecho a la educación - Un derecho humano fundamental estipulado por la ONU y reconocido por tratados regionales y por numerosas constituciones nacionales”, se señala que: “en el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, principal instrumento internacional en materia del derecho a la educación, la realización de dicho derecho descansa esencialmente sobre seis elementos: la obligación (para la enseñanza primaria) y la gratuidad, la calidad, la educación en derechos humanos, la libertad de los padres o tutores a elegir los centros escolares, la posibilidad de que personas privadas o jurídicas creen y dirijan centros escolares, el principio de no discriminación y la cooperación internacional”. La citada publicación de la ONU establece los elementos constitutivos del derecho a la educación que son: a) Obligación y gratuidad; b) Calidad, compuesta por los sub-elementos, dotación, accesibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad; c) Educación en derechos humanos; y, d) Libertad de los padres o tutores a escoger los centros escolares”. |
Documentos |