Reflejan la adopción y ratificación de instrumentos internacionales y la existencia de mecanismos institucionales para su realización. Estos indicadores capturan el compromiso o aceptación de los estándares de derechos humanos por parte del Estado mediante su recepción en el sistema legal interno y la concordancia de las normas internas con estos estándares.
| 2024 | 2022 | |
|---|---|---|
| 0.00 | 8.00 | Total tratados adoptados |
| 0.00 | 8.00 | Total tratados ratificados |
| 0.00 | 0.00 | Total tratados pendientes de ratificación |
| 2024: | |
| 2022: | Organización de las Naciones Unidas |
| 2024 | 2022 | |
|---|---|---|
| 0.00 | 6.00 | Total tratados adoptados |
| 0.00 | 4.00 | Total tratados ratificados |
| 0.00 | 2.00 | Total tratados pendientes de ratificación |
| 2024: | |
| 2022: | Organización de los Estados Americanos. |
| 2024 | 2022 | |
|---|---|---|
| Sí | ||
| No |
| 2024 | 2022 | |
|---|---|---|
| Amplia | ||
| Restringida |
| 2024 | 2022 | |
|---|---|---|
| Alto | ||
| Medio | ||
| Bajo |
| 2024: | |
| 2022: | La CPE no hace referencia expresa al derecho de acceso a la justicia entre los derechos fundamentales, no obstante en su artículo 115 señala que: "I. Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos", que es precisamente la descripción del contenido de este derecho. Este artículo además dispone que: "II. El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones.Las partes en conflicto gozarán de igualdad de oportunidades para ejercer durante el proceso las facultades y los derechos que les asistan, sea por la vía ordinaria o por la indígena originaria campesina. Complementa estas garantías el artículo 120, que señala: "I. Toda persona tiene derecho a ser oída por una autoridad jurisdiccional competente, independiente e imparcial, y no podrá ser juzgada por comisiones especiales ni sometida a otras autoridades jurisdiccionales que las establecidas con anterioridad al hecho de la causa. |
| 2024: | |
| 2022: | Comunidad de Derechos Humanos |
| 2024 | 2022 | |
|---|---|---|
| Sí | ||
| No |
| 2024 | 2022 | |
|---|---|---|
| 0.00 | 5.00 | Total leyes existentes |
| 2024: | |
| 2022: | La mayoría de los Códigos sustantivos y adjetivos anteriores a la CPE adoptada el 2009 continuan vigentes. Estos en general no contienen disposiciones contrarias al derecho internacional pero requieren actualizarse. |
| 2024: | |
| 2022: | Comunidad de Derechos Humanos |
| Archivos | 2024 | 2022 | ||
| CON CONCORDANCIA PLENA | CON CONCORDANCIA PARCIAL | CON CONCORDANCIA PLENA | CON CONCORDANCIA PARCIAL | |
| CÓDIGO CIVIL | ||||
| CÓDIGO PROCESAL DEL TRABAJO | ||||
| Código de Procedimiento Penal (1999) | ||||
| LEY GENERAL DEL TRABAJO | ||||
| Texto Ordenado del Código Penal (2010) | ||||
| 2024 | 2022 | |
|---|---|---|
| 0.00 | 1.00 | Total leyes existentes |
| 2024: | |
| 2022: | La Ley Nº 1443 establece mecanismos que precautelen los derechos de las víctimas de feminicidio, infanticidio y violación de infante, niña, niño o adolescente; estableciendo el tiempo para la prescribción de la ejecución de la pena, modifica el delito de prevaricato y consorcio, entre otros. |
| 2024: | |
| 2022: | Comunidad de Derechos Humanos |
| Archivos | 2024 | 2022 | ||
| CON CONCORDANCIA PLENA | CON CONCORDANCIA PARCIAL | CON CONCORDANCIA PLENA | CON CONCORDANCIA PARCIAL | |
| Ley de Protección a las Víctimas de Feminicidio, Infanticidio y Violación de Infante, Niña, Niño o Adolescente (2022) | ||||
| 2024 | 2022 | |
|---|---|---|
| No existe | ||
| Existe |
| 2024: | |
| 2022: | La Defensoría del Pueblo existe desde 1998. Cuenta con 1 oficina nacional, 9 representaciones departamentales, además se establecen representaciones especiales. El/la defensor/a del Pueblo es elegido por la Asamblea Legislativa Plurinacional. El 23 de septiembre de 2022, la Asamblea Legislativa Plurinacional eligió al Sr. Pedro Francisco Callisaya Aro como nuevo Defensor del Pueblo. |
| 2024: | |
| 2022: | Comunidad de Derechos Humanos |
| 2024 | 2022 | |
|---|---|---|
| En funcionamiento | ||
| Sin funcionamiento |
| 2024: | |
| 2022: | El Tribunal Constitucional volvió a funcionar desde febrero de 2010 y en las gestiones siguientes continuó sus labores con regularidad. El 16 de octubre de 2011, se elige magistrados conforme lo establecido en el art. 198 de la Constitución Política del Estado y la Ley N°040. El 3 de enero de 2012 se posesionan a los primeros Magistrados electos por sufragio. El 3 de diciembre de 2017 se realización las elecciones judiciales, los nuevos magistrados electos son posesionados el 3 de enero de 2018. Durante la gestión 2022 continuo sus labores con regularidad. |
| 2024: | |
| 2022: | El 03 de diciembre de 2017 se realizaron elecciones para elegir a nuevas autoridades, las mismas que han asumido funciones el 4 de enero de 2018. |
| 2024 | 2022 | |
|---|---|---|
| En funcionamiento | ||
| Sin funcionamiento |
| 2024: | |
| 2022: | El Tribunal Supremo de Justicia cumple funciones con regularidad. El 16 de octubre de 2011, se elige magistrados/as conforme lo establecido en el art. 198 de la Constitución Política del Estado y la Ley 040. Asumieron funciones el 3 de enero de 2012. El 3 de diciembre de 2017 se realización las elecciones judiciales, los nuevos magistrados electos son posesionados el 3 de enero de 2018. Durante la gestión 2022 continuo sus labores con regularidad. |
| 2024: | |
| 2022: | El 16 de octubre de 2011, se eligió mediante el voto a las y los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia conforme lo establecido en el Art. 198 de la Constitución Política del Estado y la Ley Nº 040, cumpliendo sus funciones de forma regular el 2017. El 03 de diciembre de 2017 se realizaron elecciones de nuevas autoridades, las mismas que fueron posesionadas el 3 de enero de 2018 con la apertura del año judicial y durante la gestión 2019 continuaron las labores con regularidad. |
| 2024 | 2022 | |
|---|---|---|
| En funcionamiento | ||
| Sin funcionamiento |
| 2024: | |
| 2022: | El Tribunal Agrario funciona con regularidad. El 16 de octubre de 2011, se elige magistrados/as conforme lo establecido en el art. 198 de la constitución Política del Estado y la Ley N° 040. Los miembros del tribunal agrario asumieron funciones el 3 de enero de 2012. El 3 de diciembre de 2017 se realizaron nuevas elecciones judiciales, los magistrados electos son posesionados el 3 de enero de 2018, desde entonces funciona con regularidad. |
| 2024: | |
| 2022: | El 03 de diciembre de 2017 se realizaron nuevas elecciones, en las que se eligieron a las nuevas autoridades, las mismas que han sido posesionados el 4 de enero de 2018. Durante la gestión 2019 continuó sus labores con regularidad. |
| 2024: | |
| 2022: | Comunidad de Derechos Humanos. |



