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Indicadores DDHH
Indicadores DDHH

Reflejan la adopción y ratificación de instrumentos internacionales y la existencia de mecanismos institucionales para su realización. Estos indicadores capturan el compromiso o aceptación de los estándares de derechos humanos por parte del Estado mediante su recepción en el sistema legal interno y la concordancia de las normas internas con estos estándares.

Principales tratados internacionales de derechos humanos ratificados y pendientes en el sistema universal de protección. (acumulado hasta la gestión 2011_2009)
    Total tratados
 2011  2009 
25.00 25.00  Total tratados adoptados
20.00 18.00  Total tratados ratificados
5.00 7.00  Total tratados pendientes de ratificación
    Fuente
2011: Naciones Unidas.
2009: Naciones Unidas.
    Tratados
Archivos20112009
ADOPTADOSRATIFICADOSADOPTADOSRATIFICADOS
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer
Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes
Convención sobre los Derechos del Niño
Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a Abolir la Pena de Muerte
Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de Niños en la Pornografía
Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional
Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes
Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio
Convención sobre el Estatuto de los Refugiados
Protocolo relativo al Estatuto de los Refugiados
Enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer
Enmienda al Párrafo 2 del artículo 43 de la Convención sobre los Derechos del Niño
Enmienda al Art. 8 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial
Enmiendas a los artículos 17 párrafo 7 y 18 párrafo 5 de la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes
Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Ratificado mediante Ley Nº 156 del 26 de julio de 2011
Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzadas
Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza 1960
Protocolo Facultativo de la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer
Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la Participación de Niños en los Conflictos Armados
Principales tratados internacionales de derechos humanos ratificados y pendientes en el sistema regional de protección. (acumulados hasta la gestión 2011_2009)
    Total tratados
 2011  2009 
13.00 13.00  Total tratados adoptados
12.00 12.00  Total tratados ratificados
1.00 0.00  Total tratados pendientes de ratificación
    Fuente
2011: Organización de Estados Americanos
2009: Organización de los Estados Americanos
    Tratados
Valor jurídico que reconoce la Constitución Política del Estado a los Tratados de derechos humanos.
    Valor jurídico
 2011  2009 
Supra constitucional
Constitucional
Infra constitucional
    Descripción
2011: La Constitución Política del Estado reconoce a los Tratados de Derechos Humanos valor supraconstitucional en cuanto a su aplicación preferente, conforme dispone el Art. 13 IV. y el Art. 256 I. Sin embargo, en el Art. 410, se los integra al bloque de constitucionalidad reconociendoles entonces el rango constitucional. "Art. 252 I. Los tratados e instrumentos internacionales en materia de derechos humanos que hayan sido firmados, ratificados o a los que se hubiera adherido el Estado, que declaren derechos más favorables a los contenidos en la Constitución, se aplicarán de manera preferente sobre ésta".
2009: La Constitución Política del Estado reconoce a los Tratados de Derechos Humanos valor supraconstitucional en cuanto a su aplicación preferente, conforme dispone el Art. 13 IV. y el Art. 256 I. Sin embargo, en el Art. 410, se los integra al bloque de constitucionalidad reconociendoles entonces el rango constitucional. "Art. 252 I. Los tratados e instrumentos internacionales en materia de derechos humanos que hayan sido firmados, ratificados o a los que se hubiera adherido el Estado, que declaren derechos más favorables a los contenidos en la Constitución, se aplicarán de manera preferente sobre ésta".
Grado de recepción de Derechos Humanos en la Constitución Política del Estado.
    Grado de recepción
 2011  2009 
Alto
Medio
Bajo
    Descripción
2011: La incorporación en la Constitución Política del Estado de 2009, de más de 100 artículos vinculados a la protección y defensa de los Derechos Humanos, se ha traducido en una amplia recepción de los mismos en la Norma Fundamental, es así que se reconocen como derechos fundamentales a todos los derechos establecidos en los tratados internacionales de derechos humanos, exceptuando a la libertad de conciencia, el derecho a una nacionalidad y el acceso a la justicia, aunque este último esta plenamente garantizado en el artículo 115, mismo que señala que "toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos. Con relación a la libertad de conciencia, si bien no esta contemplada en el texto constitucional ella está reconocida en tratados ratificados por el Estado que al ser parte del bloque de constitucionalidad, debemos comprenden que goza de reconocimiento. Si bien la nacionalidad no está incluida entre los derechos, ella está contemplada en la CPE a partir del Art. 141.
2009: La incorporación en la Constitución Política del Estado de 2009, de más de 100 artículos vinculados a la protección y defensa de los Derechos Humanos, se ha traducido en una amplia recepción de los mismos en la Norma Fundamental, es así que se reconocen como derechos fundamentales a todos los derechos establecidos en los tratados internacionales de derechos humanos, exceptuando a la libertad de conciencia, el derecho a una nacionalidad y el acceso a la justicia, aunque este último esta plenamente garantizado en el artículo 115, mismo que señala que "toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos. Con relación a la libertad de conciencia, si bien no esta contemplada en el texto constitucional ella está reconocida en tratados ratificados por el Estado que al ser parte del bloque de constitucionalidad, debemos comprenden que goza de reconocimiento. Si bien la nacionalidad no está incluida entre los derechos, ella está contemplada en la CPE a partir del Art. 141.
Principales normas que contemplan los derechos reconocidos en la Constitución y grado de concordancia con el derecho internacional de los derechos humanos. (acumulado hasta la gestión 2011_2009)
    Total
 2011  2009 
39.00 20.00  Total leyes existentes
35.00 18.00  Total leyes con concordancia plena
4.00 2.00  Total leyes con concordancia parcial
    Fuente
2011: Comunidad de Derechos Humanos.
2009: En términos generales las leyes identificadas garantizan varios derechos y no contienen contradicciones con el derecho internacional sino más bien algunos vacios, por otra parte varias de ellas requieren su adecuación a la nueva Constitución Política del Estado y su actualización o complementación.
    Normas Nacionales

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Archivos20112009
CON CORDANCIA PLENACON CONCORDANCIA PARCIALCON CORDANCIA PLENACON CONCORDANCIA PARCIAL
CÓDIGO DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE (1999)
LEY DE LA RENTA UNIVERSAL DE VEJEZ - RENTA DIGNIDAD (2007)
CREACIÓN DEL FONDO NACIONAL DE SOLIDARIDAD Y EQUIDAD A FAVOR DE LOS DISCAPACITADOS (2008)

MODIFICACION DE LA LEY Nº 1715 RECONDUCCION DE LA REFORMA AGRARIA (2008)
LEY PARA LA PREVENCION DEL VIH-SIDA (2007)

CÓDIGO PENAL (1997 modificación)
LEY CONTRA LA VIOLENCIA EN LA FAMILIA O DOMESTICA (1995)
LEY DE IMPRENTA (1945)
LEY Nº 2450 DE REGULACION DEL TRABAJO ASALARIADO DEL HOGAR (2003)
LEY No 2771 DE AGRUPACIONES CIUDADANAS Y PUEBLOS INDIGENAS (2004)
LEY Nº 1984 CODIGO ELECTORAL (1999)
LEY No 1455 ORGANIZACION JUDICIAL (1993)
LEY GENERAL DEL TRABAJO
LEY No 2494 DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA (2003)
RÉGIMEN LEGAL DE MIGRACIÓN (2006)
CREACIÓN DEL BANCO DE DESARROLLO PRODUCTIVO (2007)
Creación de la Agencia Estatal de Vivienda (2011)
Texto Ordenado del Código Penal (2010)
LEY Nº 045 CONTRA EL RACISMO Y TODA FORMA DE DISCRIMINACION (2010)
LEY DEL ÓRGANO ELECTORAL PLURINACIONAL (2010)
LEY DEL RÉGIMEN ELECTORAL (2010)
LEY DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL (2010)
LEY DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO (2010)
LEY DE DESLINDE JURISDICCIONAL (2011)
LEY DEL ÓRGANO JUDICIAL (2010)
LEY MARCO DE AUTONOMÍAS Y DESCENTRALIZACIÓN (2010)
Ley de Protección Legal de Niñas, Niños y Adolescentes (2010)
Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación (2011)
REGLAMENTO DE LA LEY Nº 3545 DE RECONDUCCIÓN COMUNITARIA DE LA REFORMA AGRARIA. (2007)
LEY ORGANICA DE LA POLICIA NACIONAL (1985)
Ley de Protección del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure - Tipnis (2011)
Código de Procedimiento Penal (1999)
Ley de Creación del Fondo de Apoyo al Complejo Productivo Lácteo – PROLECHE (2011)
Ley 2033 de Protección a las Víctimas de Delitos contra la Libertad Sexual (1999)
Ley General de Transporte (2011)
Ley del Servicio General de Identificación Personal y del Servicio General de Licencias para Conducir (2011)
CÓDIGO DE FAMILIA
LEY DE EJECUCIÓN PENAL Y SUPERVICIÓN (2001)
LEY DE REFORMA EDUCATIVA (1994)
Reconocimiento de competencias de órganos internacionales de proteción a los derechos humanos. (acumulados hasta la gestión 2011_2009)
    Total
 2011  2009 
13.00 13.00  Total órganos existentes
13.00 13.00  Total reconocidos
0.00 0.00  Total no reconocidos
    Descripción
2011: El Estado boliviano ha reconocido la competencia de los 13 principales órganos de Derechos Humanos (mecanismos)de Naciones Unidas y del Sistema Interamericano, ellos son: Comité de Derechos Humanos; Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial; Comité para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer; Comité Contra la Tortura; Subcomité para la Prevención de la Tortura; Comité de los Derechos del Niño; Comité para la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias; Comité contra las Desapariciones Forzadas; Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; Corte Penal Internacional; Comisión Interamericana de Derechos Humanos y Corte Interamericana de Derechos Humanos.
2009: El Estado boliviano ha reconocido la competencia de los 13 principales órganos de Derechos Humanos (mecanismos)de Naciones Unidas y del Sistema Interamericano, ellos son: Comité de Derechos Humanos; Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial; Comité para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer; Comité Contra la Tortura; Subcomité para la Prevención de la Tortura; Comité de los Derechos del Niño; Comité para la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias; Comité contra las Desapariciones Forzadas; Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; Corte Penal Internacional; Comisión Interamericana de Derechos Humanos y Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Existencia de la Defensoría del Pueblo.
    Defensoria del Pueblo
 2011  2009 
No existe
Existe
    Descripción
2011: El Defensor del Pueblo Rolando Villena fue elegido por la Asamblea Legislativa Plurinacional y se encuentra en el ejercio legal de sus funciones. La Defensoría del Pueblo cuenta con 1 oficina nacional, 9 representaciones departamentales, 2 representaciones especiales y 5 mesas defensoriales.
2009: En este periodo la Defensoría del Pueblo funcionó normalmente aunque la primera autoridad de la misma no fue designada por la Asamblea Legislativa Plurinacional como corresponde, una vez culminado el periodo de cinco años en el cargo del Dr. Waldo Albararacín, por lo que existió una suplencia legal por parte de la Dra. Rielma Mensias, desde el 19 de diciembre de 2008.
    Fuente
2011: Comunidad de Derechos Humanos.
2009: Comunidad de Derechos Humanos.
Existencia y funcionamiento de Tribunales y Cortes de Justicia:
    Tribunal Constitucional / Tribunal Constitucional Plurinacional
 2011  2009 
En funcionamiento
Sin funcionamiento
    Descripción
2011: El Tribunal Constitucional volvió a funcionar desde febrero de 2010 y en la gestión 2011 continuo sus labores con regularidad. El 16 de octubre de 2011, se eligió magistrados conforme lo establecido en el art. 198 de la Constitución Política del Estado y la Ley Nº040.
2009: El Tribunal Constitucional se encuentra paralizado debido a las renuncias de las y los magistrados, no habiendose elegido en este periodo a las nuevas autoridades. Las últimas renuncias de magistrados, realizadas en diciembre de 2007 y enero de 2008, dejaron al Tribunal Constitucional sin quórum legal para resolver los recursos que diariamente llegan hasta el órgano de control de constitucionalidad.
    Modo de elección de sus autoridades actuales
2011: Las autoridades actuales fueron elegidas por el Presidente Evo Morales Ayma mediante Decreto Supremo Nº432 en cumplimiento de la Ley Nº003 de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público de 13 de febrero de 2010, sin embargo, de acuerdo a esta norma, las autoridades designadas debieron haber ejercido funciones hasta la realización de las elecciones judiciales fijadas para el 05 de diciembre de 2010, no obstante estas elecciones fueron trasladas para el 16 de octubre de 2011 y su posesión para el mes de enero de 2012.
2009: Los Magistrados titulares y suplentes del Tribunal Constitucional cesantes fueron designados por el Congreso Nacional por dos tercios de votos de sus miembros presentes. Para la elección de magistrados titulares y suplentes, sin perjuicio de lo dispuesto por el Artículo 68 atribución 12 de la Constitución Política del Estado, el Ministerio de Justicia, las Facultades de Derecho de las Universidades Públicas y Privadas y los Colegios de Abogados, enviaron nóminas de candidatos al Congreso Nacional para su consideración. Estas autoridades renunciaron en los años siguientes a su elección y la última de ellas fue la Dra. Silvia Salame, quien presentó su renuncia el 25 de mayo de 2009.
    Corte Suprema de Justicia / Tribunal Supremo de Justicia
 2011  2009 
En funcionamiento
Sin funcionamiento
    Descripción
2011: La Corte Suprema cumple funciones con regularidad durante esta gestión. El 16 de octubre de 2011, se eligió a las y los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia conforme lo establecido en el art. 198 de la Constitución Política del Estado y la Ley Nº040, sin embargo, su posesión ha sido fijada para la siguiente gestión.
2009: La Corte Suprema de Justicia se encuentra en funcionamiento.
    Modo de elección de sus autoridades actuales
2011: La Ley Nº003 de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público de 13 de febrero de 2010 faculta al Presidente Evo Morales para designar a 10 magistrados del Tribunal Constitucional (cinco titulares y cinco suplentes), 3 miembros del Consejo de la Judicatura y 5 ministros de la Corte Suprema, todos cargos acéfalos. Estas autoridades cumplirían funciones dentro del denominado periodo de transición, vale decir hasta que sean electos mediante el voto ciudadano. Los mismo fueron nombrados mediante Decreto Supremo Nº 432
2009: Los Magistrados titulares y suplentes de la Corte Suprema fueron designados por el Congreso Nacional por dos tercios de votos de sus miembros presentes.
    Tribunal Agrario / Tribunal Agroambiental
 2011  2009 
En funcionamiento
Sin funcionamiento
    Descripción
2011: El Tribunal Agrario funciona con regularidad. El 16 de octubre de 2011, se eligió magistrados conforme lo establecido en el art. 198 de la Constitución Política del Estado y la Ley Nº040. Los miembros del Tribunal Agroambiental asumirán funciones la siguiente gestión.
2009: El Tribunal Agrario se encuentra en funcionamiento.
    Modo de elección de sus autoridades actuales
2011: Las autoridades actuales fueron elegidas por el Congreso Nacional
2009: Los Magistrados titulares y suplentes del Tribunal Agrario fueron designados por el Congreso Nacional por dos tercios de votos de sus miembros presentes.
    Fuente
2011: Comunidad de Derechos Humanos
2009: Comunidad de Derechos Humanos.
Existencia y jerarquía del Mecanismo Nacional de Derechos Humanos.
    Existencia
 2011  2009 
Existe
No existe
    Fecha Creación
2011: 07 de febrero de 2009 mediante DS 29894
2009: El Viceministerio de Justicia y Derechos Fundamentales fue creado mediante Decreto Supremo 29894 de 7 de febrero de 2009.
    Atribuciones
2011: El Viceministerio de Justicia y Derechos Fundamentales tiene las siguientes atribuciones: a) Promover el acceso a la Justicia social ejecutando acciones que coadyuven a la solución de conflictos b) Formular políticas, normas, planes y programas del sector justicia, para efectivizar el acceso, la lucha contra la impunidad y retardación de justicia. c) Coordinar con el Órgano Judicial, Tribunal Constitucional Plurinacional, Ministerio Público, Policía Boliviana, Defensor del Pueblo, Procuraduría General del Estado, Tribunal Agroambiental, las Comisiones de Constitución, Policía Judicial del Órgano Legislativo y Ministerio Público, la implementación de políticas y programas para el acceso a la justicia. d) Formular y ejecutar políticas y planes de defensa, protección y promoción de derechos fundamentales. e) Coordinar con las entidades territoriales autónomas y las organizaciones del pueblo, la implementación de las políticas y planes de defensa, protección y promoción de Derechos Fundamentales. f) Coadyuvar a la protección judicial y administrativa de los derechos fundamentales, cuando su violación provenga de servidores públicos o actos de particulares que afecten de manera generalizada los intereses del pueblo. g) Promover la aplicación de los instrumentos internacionales en el ámbito de derechos fundamentales. h) Elaborar, y promover la política nacional contra el crimen.
2009: El Viceministerio de Justicia y Derechos Fundamentales tiene las siguientes atribuciones: a) Promover el acceso a la Justicia social ejecutando acciones que coadyuven a la solución de conflictos b) Formular políticas, normas, planes y programas del sector justicia, para efectivizar el acceso, la lucha contra la impunidad y retardación de justicia. c) Coordinar con el Órgano Judicial, Tribunal Constitucional Plurinacional, Ministerio Público,Policía Boliviana, Defensor del Pueblo, Procuraduría General del Estado, Tribunal Agroambiental, las Comisiones de Constitución, Policía Judicial del Órgano Legislativo y Ministerio Público, la implementación de políticas y programas para el acceso a la justicia. d) Formular y ejecutar políticas y planes de defensa, protección y promoción de derechos fundamentales. e) Coordinar con las entidades territoriales autónomas y las organizaciones del pueblo, la implementación de las políticas y planes de defensa, protección y promoción de Derechos Fundamentales. f) Coadyuvar a la protección judicial y administrativa de los derechos fundamentales, cuando su violación provenga de servidores públicos o actos de particulares que afecten de manera generalizada los intereses del pueblo. g) Promover la aplicación de los instrumentos internacionales en el ámbito de derechos fundamentales. h) Elaborar, y promover la política nacional contra el crimen.
    Jerarquía
 2011  2009 
Alta
Media
Baja
    Presupuesto anual
 2011  2009 
275,580.00 380,154.00  Presupuesto
    Descripción
2011: El presupuesto 2011 para el Viceministerio de Justicia y Derechos Fundamentales es de Bs. 275.580
2009: El dato corresponde al presupuesto asignado para socialización del Plan Nacional de DDHH, Justicia para vivir bien del Ministerio de Justicia, que asciende a Bs. 380.154
    Fuente
2011: Ministerio de Economía y Finanzas, SIGMA.
2009: Ministerio de Economía y Finanzas, SIGMA.
Existencia y jerarquía del Mecanismo Nacional de Género.
    Existencia
 2011  2009 
Existe
No existe
    Fecha Creación
2011: 07 de febrero de 2009
2009: El Viceministerio de Igualdad de Oportunidades fue creado mediante Decreto Supremo 29894 de 07 de febrero de 2009.
    Atribuciones
2011: Son atribuciones del Viceministerio de Igualdad de Oportunidades: a) Formular, dirigir y concertar, políticas, normas, planes, programas y proyectos que promuevan la igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres, de niños, niñas, adolescentes, juventud, personas adultas mayores y personas con discapacidad. b) Promover el cumplimiento de la Constitución Política del Estado y de instrumentos internacionales en los ámbitos de equidad de género, generacional y personas con discapacidad. c) Proponer y coadyuvar en la incorporación del principio de la igualdad de Oportunidades en las entidades territoriales autónomas. d) Evaluar y monitorear a las entidades territoriales autónomas en la ejecución y cumplimiento de planes, programas y proyectos relativos a la equidad de género y a la igualdad de Oportunidades. e) Transversalizar el enfoque de genero y promover la igualdad de Oportunidades intergeneracionales en las políticas sectoriales y de la gestión pública, articulando acciones con los órganos del Estado y las organizaciones de la sociedad civil. f) Formular, concertar y ejecutar las políticas nacionales con las entidades territoriales autónomas, en la defensa, protección y promoción de los derechos de las mujeres, de niñas, niños, juventudes, personas adultas mayores y personas con discapacidad. g) Formular normas para fortalecer los mecanismos de protección prevención, atención, recuperación y sanción de la violencia en razón de genero, generacional y maltrato institucional. h) Coordinar, gestionar y supervisar en las entidades territoriales autónomas, la asignación de recursos económicos que permitan la ejecución de políticas, planes, programas y proyectos con enfoque de género y proyectos dirigidos a la niñez, adolescencia, juventud, personas adultas mayores y personas con discapacidad. i) Coordinar, elaborar políticas y normas con las entidades territoriales autónomas para garantizar los derechos de mujeres y hombres, de las familias y el interés superior del niño, niña y adolescencia
2009: Son atribuciones del Viceministerio de Igualdad de Oportunidades: a) Formular, dirigir y concertar, políticas, normas, planes, programas y proyectos que promuevan la igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres, de niños, niñas, adolescentes, juventud, personas adultas mayores y personas con discapacidad. b) Promover el cumplimiento de la Constitución Política del Estado y de instrumentos internacionales en los ámbitos de equidad de género, generacional y personas con discapacidad. c) Proponer y coadyuvar en la incorporación del principio de la igualdad de Oportunidades en las entidades territoriales autónomas. d) Evaluar y monitorear a las entidades territoriales autónomas en la ejecución y cumplimiento de planes, programas y proyectos relativos a la equidad de género y a la igualdad de Oportunidades. e) Transversalizar el enfoque de genero y promover la igualdad de Oportunidades intergeneracionales en las políticas sectoriales y de la gestión pública, articulando acciones con los órganos del Estado y las organizaciones de la sociedad civil. f) Formular, concertar y ejecutar las políticas nacionales con las entidades territoriales autónomas, en la defensa, protección y promoción de los derechos de las mujeres, de niñas, niños, juventudes, personas adultas mayores y personas con discapacidad. g) Formular normas para fortalecer los mecanismos de protección prevención, atención, recuperación y sanción de la violencia en razón de genero, generacional y maltrato institucional. h) Coordinar, gestionar y supervisar en las entidades territoriales autónomas, la asignación de recursos económicos que permitan la ejecución de políticas, planes, programas y proyectos con enfoque de género y proyectos dirigidos a la niñez, adolescencia, juventud, personas adultas mayores y personas con discapacidad. i) Coordinar, elaborar políticas y normas con las entidades territoriales autónomas para garantizar los derechos de mujeres y hombres, de las familias y el interés superior del niño, niña y adolescencia.
    Jerarquía
 2011  2009 
Alta
Media
Baja
    Presupuesto anual
 2011  2009 
221,827.00 206,455.00  Presupuesto
    Descripción
2011: El presupuesto 2011 para el Viceministerio de Igualdad de Oportunidades es de Bs. 221.827. No se cuenta con el dato específico de la dirección de Género
2009: El dato corresponde al presupuesto asignado para implementacion de politicas de genero e implementacion de politicas de asuntos generacionales del Ministerio de Justicia, que asciende a Bs. 206.455
    Fuente
2011: Ministerio de Economía y Finanzas, SIGMA.
2009: Ministerio de Economía y Finanzas, SIGMA.

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