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Boletin Nº 10
Sistema de Monitoreo de Progresos en
Derechos Humanos
La Paz, 29 de Abril de 2016
 

PRESENTACIÓN

Presentamos la Edición Nº 10 del Boletín sobre "Trabajo Asalariado del Hogar", correspondiente al mes de abril de la gestión 2016, que contiene los datos más relevantes respeto al estado de situación de los derechos humanos de las trabajadoras del hogar en Bolivia.
 

DATO DEL MES

Dato de la Semana 16/2016 Principales tratados internacionales de protección al derecho al trabajo asalariado del hogar
En el Sistema Universal los instrumentos de protección son el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; la Convención Internacional de sobre la eliminación de la Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer. La Organización Internacional del Trabajo cuenta con el Convenio 189 sobre trabajo decente de trabajadoras y trabajadores del hogar.
 

INDICADORES ESTRUCTURALES

Principales tratados internacionales de protección al derecho al trabajo asalariado del hogar (Sistema Universal)
En el Sistema Universal los instrumentos de protección son el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; la Convención Internacional de sobre la eliminación de la Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer. La Organización Internacional del Trabajo cuenta con el Convenio 189 sobre trabajo decente de trabajadoras y trabajadores del hogar.
 
Principales tratados internacionales de protección al derecho al trabajo asalariado del hogar (Sistema Interamericano)
En el Sistema Interamericano los instrumentos de protección son: Convención Americana sobre Derechos Humanos, Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer.
 
Reconocimiento del trabajo asalariado del hogar en la Constitución Política del Estado
Si bien el trabajo asalariado del hogar no esta ampliamente desarrollado en la Sección III "derecho al trabajo y empleo", destacando el derecho a un trabajo digno, sin discriminación, con salario justo, equitativo y satisfactorio que asegure una vida digna para el trabajador y su familia. El Estado se compromete a proteger el ejercicio de trabajo en todas sus formas y prohibe el trabajo forzado u otro modo de explotación sin consentimiento y sin remuneración justa.
 
Leyes nacionales de protección al trabajo asalariado del hogar
La ley marco para los/as trabajadores/as es la Ley General del Trabajo, garantizando las acciones que respeten el ejercicio del derecho al trabajo, también se manifiestan los derechos y obligaciones tanto de empleadores como empleados. En 2003, se promulga la Ley Nº 2450, que establece los derechos y obligaciones de las/os trabajadoras asalariadas del hogar, entre las que se destaca el derecho a la seguridad social, que queda sin efecto, ya que a 13 años de su promulgación carece de una reglamentación específica que impulse este derecho fundamental.
 

INDICADORES DE PROCESO

Políticas publicas para la protección del trabajo asalariado del hogar
Se incorpora el derecho al trabajo en el Plan Nacional de Acción de Derechos Humanos 2014 - 2016, y mediante la Ley Nº 181 se declara el 30 de marzo de cada año como el "Día Nacional de la Trabajadora y el Trabajador Asalariado del Hogar", dispone asueto con goce de haberes en reconocimiento a su sacrificada labor.
 
Recomendaciones al Estado Boliviano que identifican aspectos de preocupación en relación al trabajo asalariado del hogar.
Se han promunciado con aspectos de preocupación el Comité de los Derechos del Niño en 2009, el Consejo de Derechos Humanos en 2010, el Comité Contra la Tortura en 2013, el comité de Derechos Humanos en 2013 y el Comité para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer en 2015, respecto al trabajo infantil, el acceso al empleo y condiciones laborales, eliminación, sanción y erradicación del trabajo forzoso y servidumbre, y los mecanismos de denuncia para mujeres y niñas sobre conducta abusiva y explotación.
 
Proporción de trabajadoras del hogar que cuentan con contrato escrito.
Del total de trabajadoras del hogar, solo el 5,3% cuenta con un contrato de trabajo que le da seguridad de contar con su fuente laboral por el tiempo establecido y percibiendo beneficios que le corresponde, mostrando en enorme déficit en la práctica de formalización de la relación contractual. El 4,5% cuenta con un compromiso verbal entre ambas partes y el 90,2% no tiene un contrato firmado.
 
Promedio diario de horas de trabajo asalariado del hogar
De las 109.321 trabajadoras asalariadas del hogar de las áreas urbana y rural, trabajan un promedio de 8.21 horas diarias, habiendo una diferencia de 8,3 horas en el área urbana frente a 7,9 horas en el área rural.
 

INDICADORES DE RESULTADO

Casos de violencia contra trabajadoras asalariadas del hogar
Del total de casos denunciados, 21 casos reportaron haber sufrido violencia psicológica, 16 violencia física, 7 violencia sexual y 253 casos fueron denunciados como violencia laboral por incumplimiento de beneficios sociales. Datos del mayo de 2014 a mayo de 2015.
 
Proporción población asalariada del hogar en relación al total de personas en edad de trabajar
El 0.83% del total de las personas en edad de trabajar corresponde a la población asalariada del hogar.
 
Población asalariada del hogar por edad
62.852 personas asalariadas del hogar están entre 25 a 49 años de edad, que corresponde la mayor proporción; le sigue en segundo lugar 26.475 personas entre 15 a 24 años de edad; tercero 12.863 personas entre 50 a 59 años edad; cuarto 3.770 personas entre 10 y 14 años de edad y por último 3.361 personas de 60 años adelante
 
Trabajadoras asalariadas del hogar que cuentan con seguro médico
Según el reporte de CARE, de 69.439 trabajadoras asalariadas del hogar, solo 14.537 cuentan con seguro médico en Bolivia.
 
Trabajadoras del hogar afiliadas a la AFP
El número de personas afiliadas a la AFP (Administración de Fondo de Pensiones) en el área urbana es de 1715, no habiendo ninguna persona afiliada que trabaja en el área rural. De las personas no afiliadas, 90.734 corresponden al área urbana y 16.872 al área rural.
 
 
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